NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (14/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de setiembre de 2011 449863 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, estableciéndose en su artículo 8º que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesoramiento especializado; Que, se estima por conveniente designar un Asesor especializado en temas vinculados a interculturalidad, que formará parte del referido Gabinete de Asesoramiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita Viana Elisa Rodríguez Escobar en el cargo de confi anza de Asesora del Gabinete de Asesoramiento del Ministerio de Cultura en temas vinculados a interculturalidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA BACA DE LA COLINA Ministra de Cultura 689932-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 931-2011-DE/SG Lima, 12 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 610 de fecha 8 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el marco de las relaciones bilaterales existentes entre Perú y Estados Unidos de América, personal militar de ese país, llevará a cabo una visita de coordinación a las autoridades del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; y, Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cuatro efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, cuyos nombres se indican a continuación, entre el 16 de setiembre al 31 de octubre de 2011, para realizar una visita de coordinación a las autoridades del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: 1. Mayor Angel M. Rodriguez 2. Sargento Johnny Perez 3. Sargento Joel J. Gonzales 4. Sargento David D. Gutiérrez Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 689815-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 932-2011-DE/SG Lima, 12 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 614 de fecha 8 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas, promueve el estudio, difusión y capacitación en temas relacionados a los Derechos Humanos impartiendo diversos cursos; Que, en ese sentido, personal militar de los Estados Unidos de América, participará en el seminario “Reglas de Entrenamiento, Derechos Humanos, Leyes en Confl ictos Armados, Uso de la Fuerza y Operaciones con Detenidos”, que se desarrollará en el Centro de estudios antes mencionado; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; y, Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cuatro efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, cuyos nombres se indican a continuación, entre el 15 al 24 de setiembre de 2011, en el seminario “Reglas de Entrenamiento, Derechos Humanos, Leyes en