NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (14/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de setiembre de 2011 449872 ANEXO PREDIO AFECTADO POR EL DERECHO DE VIA DEL PROYECTO VIAL INTEROCEANICO DEL SUR, PERU - BRASIL, TRAMO 2: URCOS - PUENTE INAMBARI, SEGUNDA ETAPA, PERU - BRASIL, UBICADO EN EL DISTRITO DE CCATCA, PROVINCIA DE QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DE CUSCO Nº Código Valor Comercial US$ 1 T2B-CCA-004 1 514,77 689177-1 Autorizan a la empresa Brevetes Inka Perú S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3058-2011-MTC/15 Lima, 15 de agosto de 2011 VISTO: El Parte Diario N° 082090 de fecha 14 de julio del 2011, presentado por la empresa BREVETES INKA PERU S.A.C., solicitando autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; CONSIDERANDO: Que, mediante Parte Diario Nº 082090, de fecha 14 de julio del 2011, BREVETES INKA PERU S.A.C., en adelante La Escuela, solicita autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC y sus modifi catorias, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores Integrales; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorándum Nº 2276-2011-MTC/15, remitido por la Dirección General de Transporte Terrestre, se adjunta el Informe Nº 016-2011-MTC/15.WCE y el acta de la inspección ocular de fecha 04 de agosto del 2011, realizada a La Escuela, al respecto, en el informe antes indicado, se señala que ésta cumple con todo lo señalado en la relación de bienes, muebles y enseres, memoria descriptiva, planos de ubicación y de distribución de los locales propuestos; Que, estando a lo opinado en el Informe N° 452- 2011-MTC/15.03.EC.mgr elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, el cual concluye que La Escuela cumple con todos los requisitos para funcionar como Escuela de Conductores, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; y la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa BREVETES INKA PERU S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría II-c; y en consecuencia procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : BREVETES INKA PERU S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales. Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS Y TALLER TEORICO- PRACTICO DE MECANICA: Jr. Gran Pajatén N° 344 (2° piso), Urb. Zárate, Sector C, Distrito San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. CIRCUITO DE MANEJO: Autopista Panamericana Sur Km. 21 Margen Derecha (rumbo Lima-Pucusana), Distrito Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima. Horario de Atención: • Lunes a Domingo de 08:00 horas a 22:00 horas. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- La empresa BREVETES INKA PERU S.A.C., contará con la siguiente fl ota vehicular: FLOTA VEHICULAR Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa TOYOTA COASTER OMNIBUS M3 HZB500106843 1HZ0290855 1999 A2F-705 HINO GH1JMU CAMION N3 JHDGH1JMU8XX14183 J08CTT36210 2008 WGN-732 TOYOTA COASTER OMNIBUS M2 BB400003222 3B1469794 1996 A6T-791 TOYOTA COASTER OMNIBUS M2 BB400003795 3B1531438 1997 A3M-728 HUYNDAI MIGHTY CAMION N3 KMFGA17FPPU070108 D4AFP064709 1993 XQ-6255 TOYOTA VITZ AUTOMOVIL M1 SCP900033092 2SZ1597109 2006 A7F-342 TOYOTA VITZ AUTOMOVIL M1 SCP902027518 2SZ1878042 2007 A7F-339 TOYOTA COROLLA STAT. WAGON- M1 AE1090014288 4AM534432 1999 B1Y-545 LIMA MOTOR¨S LMG-125 VEH.AUT.MEN.L5 8S9LMG1250ALC3997 A1313333 2010 A9-6154