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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de setiembre de 2011 450089 pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, ya sea de ofi cio o a solicitud de parte, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, el artículo 201.2º de la acotada Ley establece que la rectifi cación adopta las formas y modalidad o publicación que corresponda para el acto original, es decir, que se tiene que proceder a rectifi car el error de la misma forma en la que fue expedida; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3074-2011- MTC/28, concluye que debe rectifi carse de ofi cio el error material advertido en el Artículo 2º de la Resolución Viceministerial Nº 955-2010-MTC/03, lo cual no alterará en lo sustancial el contenido ni el sentido de dicha resolución, cuya fi nalidad fue otorgar a RADIO HIT S.A.C. autorización, por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Huánuco, departamento de Huánuco; De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, y el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectifi car de ofi cio el error material advertido en el Artículo 2º de la Resolución Viceministerial Nº 955-2010-MTC/03 del 02 de diciembre de 2010, en los siguientes términos: DICE: DEBE DECIR: Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refi ere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses, otorgado con Resolución Ministerial Nº 458-97- MTC/15.19, por tanto vencerá el 29 de julio de 2017. Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refi ere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses, otorgado con Resolución Ministerial Nº 359-97- MTC/15.19, por tanto vencerá el 29 de julio de 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 690226-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Mazamari para la ejecución del Proyecto “Fortalecimiento de Capacidades Productivas en Producción y Comercialización de Cítricos y Cacao en la Microcuenca de Monterrico, Distrito de Mazamari - Satipo - Junín” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 126-2011-DV-PE Lima, 16 de setiembre de 2011 VISTO: El Memorándum Nº 543-2011-DV-PIT PIR de fecha 05 de setiembre del 2011, emitido por el Responsable del Programa Institucional “Plan de Impacto Rápido de Lucha contra las Drogas (PIT - PIR LCD)”; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA es el organismo rector responsable del diseño y conducción de la Política Nacional de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, el Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país; y, tiene como misión principal coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y sus actualizaciones anuales, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley de Lucha contra el Narcotráfico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 824 modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27629 y el artículo 3º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2011-PCM, respectivamente. Que, el artículo 16º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobado por Ley Nº 29626, autoriza en el año fiscal 2011 la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras entre entidades para las actividades y proyectos en el marco del Plan de Impacto Rápido de Lucha contra las Drogas. Se dispone que las transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano, requiriéndose el previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Que, el artículo precedente citado, dispone que DEVIDA es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales les fueron entregados los recursos. Además que, los recursos públicos, bajo responsabilidad, deberán ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo. Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum Nº 225-2011-DV-GPE, de fecha 08 de julio del 2011, ha emitido opinión sobre el alineamiento de los objetivos de las actividades y proyectos con los objetivos de la ENLCD 2007 – 2011, que incluye al Proyecto materia de la presente Resolución de Transferencia Financiera. Que, DEVIDA y La Municipalidad Distrital de Mazamari, el 10 de febrero del 2011, han suscrito el “Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional en el marco del Programa Institucional Plan de Impacto Rápido de Lucha contra las Drogas con recursos asignados a la Entidad Ejecutora mediante Transferencias Financieras”. Que, el Responsable del PIT mediante el Ofi cio Nº 170- 2011-DV-PIT PIR, de fecha 08 de agosto del 2011, ha dado su conformidad al Plan Operativo del Proyecto denominado: “Fortalecimiento de Capacidades Productivas en Producción y Comercialización de Cítricos y Cacao en la Microcuenca de Monterrico, Distrito de Mazamari – Satipo – Junín”, con un presupuesto ascendente a S/. 300,000.00 (Trescientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), elaborado por la Municipalidad Distrital de Mazamari. Que, en mérito a la facultad establecida en el inciso b) del artículo 9º de la Directiva General Nº 002-2011-DV- GG, la Unidad de Presupuesto de DEVIDA ha emitido el Memorándum Nº 249-2011-DV-GAI-PPTO de fecha 04 de agosto del 2011, mediante el cual da conformidad al cronograma de desembolsos, y al monto total asignado a la actividad antes señalada a través del Informe de Certifi cación Presupuestal Nº 00442-2011-DV-GAI/PPTO. Con la visación del Responsable del PIT, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobado por Ley Nº 29626;