NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de setiembre de 2011 450094 55º del Reglamento General de Tarifas aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD. Sólo podrán efectuar el reajuste las EPS listadas en el Anexo 2. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Luis Olivarez Vega, Marlene Inga Coronado y Julio Durand Carrión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo ANEXO 1 RELACIÓN DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIO DE SANEAMIENTO QUE DEBERÁN EFECTUAR EL REAJUSTE DE SUS TARIFAS POR VARIACIÓN DEL IPM Nº EPS 1 EMPSAPA CALCA 2 EMAPA HUANCAVELICA 3 EMAPA PASCO S.A. 4 EMAPA Y 5 EPS AGUAS DEL ALTIPLANO 6 NOR PUNO S.A. 7 EMAPAT S.R.LTDA. 8 EMAPACOP S.A. 9 EMSA PUNO S.A. 10 EPS MANTARO S.A. 11 EMAQ S.R.LTDA. ANEXO 2 RELACIÓN DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIO DE SANEAMIENTO QUE DEBERÁN EFECTUAR EL REAJUSTE DE SUS PRECIOS DE SERVICIOS COLATERALES POR VARIACIÓN DEL IPM Nº EPS 1 EMAPACOP S.A. 2 EMPSAPA CALCA 3 EPS AGUAS DEL ALTIPLANO 691045-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Precisan vigencia de la Res. Nº 107- 2011-SERVIR/PE y su Única Disposición Complementaria Modificatoria RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 108-2011-SERVIR/PE Lima, 16 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, y en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, se aprobaron reglas y lineamientos así como los modelos de contrato y de convocatoria aplicables al régimen de contratación administrativa de servicios; Que, el Consejo Directivo en la sesión del 16 de setiembre de 2011, tomando en cuenta que las entidades a nivel nacional deben implementar progresivamente los modelos antes indicados sin afectar los procesos que estuvieran en trámite a la dación de la mencionada Resolución, aprobó dictar disposiciones que permitan un adecuado cumplimiento de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107- 2011-SERVIR/PE; Con la visación de la Gerencia de Políticas de Gestión de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023, el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que el inicio de la vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107- 2011-SERVIR/PE será a partir del 01 de noviembre de 2011. Artículo 2º.- Precisar la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/ PE, en el sentido que en los procesos de selección realizados en el marco del régimen de Contratación Administrativa de Servicios sólo son obligatorias las etapas de evaluación curricular y la entrevista, siendo opcional la evaluación psicológica u otros mecanismos de evaluación. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO BETETA OBREROS Presidente Ejecutivo 692061-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Índices Unificados de Precios para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de agosto de 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 217-2011-INEI Lima, 15 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-08-2011/DTIE, referido a los