NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de setiembre de 2011 450356 Artículo 2°.- Tramitar los expedientes Nº 000- ADSODT-2011-014925-7 y Nº 000-ADSODT-2011-052005- 8 presentados por la empresa ABB S.A., como una solicitud administrativa regulada por la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Artículo 3°.- Declarar procedente la solicitud presentada por ABB S.A. mediante los expedientes Nº 000-ADSODT- 2011-014925-7 y Nº 000-ADSODT-2011-052005-8, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA EMPERATRIZ LUQUE RAMIREZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 693925-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Moquegua, Ica y en la Provincia Constitucional del Callao SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 253-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 6 de setiembre de 2011 Visto, el Expediente N° 056-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 29 234,14 m², ubicado en la denominada Isla Galápagos, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 29 234,14 m², ubicado en la denominada Isla Galápagos, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Técnico Nº 12654-2010-SUNARP-Z.R.-IX/OC, de fecha 27 de octubre de 2010, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima señaló que el terreno en consulta se encuentra en zona donde no se aprecian predios con antecedentes gráfi cos registrales; Que, realizada la inspección técnica el 2 de diciembre de 2010, se verifi có que el terreno precitado es de naturaleza eriaza, se encuentra en zona de expansión urbana y sobre ladera de cerro, está desocupado en su mayor extensión, existiendo en algunos lugares tanques de agua; Que, en el literal f) del artículo 6° de la Ley N° 29338 “Ley de Recursos Hídricos” se señala que las islas existentes son bienes naturales asociados al agua; asimismo en el artículo 7° de la referida Ley se establece que el agua y los bienes naturales asociados a éste constituyen bienes de dominio público hidráulico sujetos a las disposiciones de la Ley; Que, la Isla Galápagos constituye un bien de dominio público por tanto tiene la característica de ser inalienable e imprescriptible, cuya titularidad y administración corresponde al Estado; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 29 234,14 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007- 2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 130-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 29 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 29 234,14 m², ubicado en la denominada Isla Galápagos, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 693392-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 254-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 6 de setiembre de 2011 Visto el Expediente N° 086-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 596,11 m², ubicado en el Sector Alegoma al lado derecho de la vía a Coplay, en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 596,11 m², ubicado en el Sector Alegoma al lado derecho de la vía a Coplay, en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, que se encontraría libre de inscripción registral;