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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2012 463492 por Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir el traslado de condenados, activo o pasivo, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo Informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Convenio sobre Transferencia de Personas Condenadas, entre la Republica del Perú y la República del Ecuador, suscrito en la ciudad de Lima, el 11 de agosto de 1999; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad ecuatoriana CECILIA MIREYA GAHONA GUERRERO, para ser trasladada del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos, para que cumpla el resto de la condena impuesta por nuestras autoridades judiciales a un Establecimiento Penitenciario de la República del Ecuador, solicitud que fuera declarada procedente por la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 771701-6 Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano peruano para ser procesado en la República Argentina por presunta comisión de delito de homicidio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2012-JUS Lima, 31 de marzo de 2012 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 014-2012/ COE-TC, del 14 de marzo de 2012, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano ROGER ALEXANDER PACHAMANGO COLÁN, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 15 de la Capital Federal de la República Argentina; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 13 de diciembre de 2011, declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano ROGER ALEXANDER PACHAMANGO COLÁN, para ser procesado por la presunta comisión del Delito de homicidio simple, en agravio de Jennifer Patricia Argoyo Marca (Expediente Nº 120-2011); Que, el literal “b” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 014-2012/COE-TC, del 14 de marzo de 2012, en el sentido de acceder a la extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano ROGER ALEXANDER PACHAMANGO COLÁN, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 15 de la Capital Federal de la República Argentina y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito de homicidio simple, en agravio de Jennifer Patricia Argoyo Marca y disponer su entrega a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 771701-7 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban la “Guía para orientación de casos de niñas, niños y adolescentes con VIH” de las Defensorías del Niño y del Adolescente y la “Cartilla de orientación para la atención integral a niñas, niños y adolescentes con VIH en los Centros de Atención Residencial” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2012-MIMP Lima, 30 de marzo de 2012 Vistas, la Nota ʋ 068-2012-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y la Nota ʋ 066-2012-MIMP/DGFC/DINNA de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes;