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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464007 AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 775913-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 102-2012-PCM Lima, 12 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 13 al 15 de abril del presente año a la República de Colombia a fi n de Participar en la VI Cumbre de las Américas; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinosa Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República; De conformidad con el artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, entre los días 13 al 15 de abril de 2012 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 775916-1 Autorizan viaje de personal de Editora Perú S.A. a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 103-2012-PCM Lima, 12 de abril de 2012 VISTO, la carta Nº 062-G0000-EP-2012, del 10 de abril de 2012, del Gerente General de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A., y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 13 al 15 de Abril del presente año a la República de Colombia con ocasión de participar en la VI Cumbre de las Américas; Que, en tal sentido, resulta pertinente que la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A. cubra las incidencias informativas sobre la participación del Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, en el evento antes mencionado, a través de los señores Job Francisco Rosales Pacheco (reportero gráfi co) y Hernán Marcelo Puelles Cárdenas (redactor); Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A.; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; así como la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Job Francisco Rosales Pacheco (reportero gráfi co) y Hernán Marcelo Puelles Cárdenas (redactor) de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A., a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 13 al 15 de abril de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Job Francisco Rosales Pacheco (reportero gráfi co) Viáticos US$ 400.00 Hernán Marcelo Puelles Cárdenas (redactor) Viáticos US$ 400.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el artículo 1 de la presente resolución deberán presentar ante su institución el informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 775916-2 Autorizan viaje de personal del IRTP a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 104-2012-PCM Lima, 12 de abril de 2012 VISTO, el Ofi cio N°019-2012-PE/IRTP, remitido por la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 13 al 15 de Abril del