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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (13/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464023 Que, mediante Acuerdo Nº 031-2011-CONEAU, Sesión Nº 007 de 4 de julio del 2011, el Directorio del CONEAU aprueba la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Evaluación de Competencias con fi nes de Certifi cación Profesional”; Que, mediante Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, de la Sesión Nº 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratifi cación de los Acuerdos de Directorio de los órganos operadores, a fi n de formalizarlos mediante resolución del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se estableció que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del órgano operador; el informe de la Secretaría Técnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, mediante Acuerdo Nº 057-2012, de la Sesión Nº 32 de 20 de febrero del 2012, el Consejo Superior del SINEACE acordó ofi cializar la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Evaluación de Competencias con fi nes de Certifi cación Profesional”, aprobada mediante Acuerdo Nº 031-2011- CONEAU del Directorio del CONEAU; Que, en Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta de Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018 -2007-ED, la Ley Nº 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE. Estando a lo opinado en el Informe Nº 017-2012-SINEACE/ST. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Evaluación de Competencias con fi nes de Certifi cación Profesional” aprobada por el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU mediante Acuerdo Nº 031-2011- CONEAU; documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Evaluación de Competencias con fi nes de Certifi cación Profesional” aprobada, en el portal institucional del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria: http://www.coneau.gob.pe/, en la misma fecha en que sea publicada esta resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Encargar al Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU realizar la más amplia difusión a nivel nacional de la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Evaluación de Competencias con fi nes de Certifi cación Profesional”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del SINEACE 774220-3 ENERGIA Y MINAS Designan miembros del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET RESOLUCIÓN SUPREMA N° 041-2012-EM Lima, 12 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2007-EM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, el artículo 6 del referido Reglamento de Organización y Funciones, establece que los miembros del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Suprema N° 043-2007-EM, publicada en fecha 07 de noviembre de 2007 en el Diario Ofi cial El Peruano, se designó al señor Edmundo de la Vega Muñoz, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, mediante Resolución Suprema N° 023-2009- EM, publicada en fecha 23 de abril de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano, se designó a la señora Clara Juana García Hidalgo y al señor Néstor Italo Chacón Abad, como miembros del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, la señora Clara Juana García Hidalgo y el señor Néstor Italo Chacón Abad, han formulado renuncia a sus designaciones como miembros del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, las cuales son pertinentes aceptar, siendo indispensable designar a los funcionarios que los reemplazarán; Que, resulta necesario dar por concluida la designación del señor Edmundo de la Vega Muñoz, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, siendo indispensable designar a un funcionario que lo reemplace; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar las renuncias de la señora Clara Juana García Hidalgo y del señor Néstor Italo Chacón Abad, como miembros del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida la designación del señor Edmundo de la Vega Muñoz, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Designar como miembros del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, a las siguientes personas: - Señor Miguel Adolfo Paez Warton. - Señora Carmen Rosalía Matos Avalos. - Señora María del Rosario Raquel Patiño Marca de Alvarez. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema contará con el refrendo del Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 775913-10 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Dan por concluida designación de Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción RESOLUCIÓN SUPREMA N° 056-2012-JUS Lima, 12 de abril de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 831-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;