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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2012 464214 LA SUB-GERENCIA DE FISCALIZACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL, VISTO: El Expediente Nº 04440-2010, seguido por doña María Eulalia BALDEON REMENTERIA, identifi cada con DNI Nº 08701714 y don Severo Alfredo AQUINO ORIHUELA, identifi cado con DNI Nº 09081414, solicitan la SUBDIVISION del Lote Matriz, denominado: Sub Lote 3 de la Mz. 34, Urbanización Miramar, ubicado con frente a la Calle Cmdte. Manuel A. Villavicencio, (ex – Calle 4), Jurisdicción del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el inmueble materia de subdivisión se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble, Zona Registral Nº IX Sede – Lima, Ficha Registral Nº 168100, en cuyo asiento b1) se registra la descripción del inmueble constituido por el Sub Lote 3 de la Mz. 34, con área de terreno de 263.96 m2., y su continuación en la Partida Nº 41201541, Urbanización Miramar, Jurisdicción de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Que se tiene el Informe Legal Nº 0075-2011-SGFUC- GDU/MDSM de fecha 07 de Noviembre de 2011. Asimismo el Informe Técnico Nº12-2012-Jaqs/SGFUC/ GDU/MDSM de fecha 23 de Enero de 2012, concluyendo que el administrado ha cumplido con presentar los documentos de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); así como los Planos, memoria descriptiva que comprenden tres sublotes denominados: Sección 1, con un área de 60.00 m2., a nombre de Andrés Moisés MANRIQUE VALDIVIA; Sección 2, con un área de 63.00 m2., a nombre de María Cristina PUMARRUME BRIONES y otros; Sección 3 con un área de 140.96 m2., a nombre de Severo Alfredo AQUINO ORIHUELA y esposa doña María Eulalia BALDEON REMENTERIA de AQUINO. Que, mediante Resolución Nº veinte de fecha 16 de agosto de 2004, en atención al Expediente Nº 33184- 2002, otorgado por el Poder Judicial del Quinto Juzgado Civil, Corte Superior de Justicia de Lima, se declara fundada la demanda de fojas 24 a 36, en consecuencia se ordena la División y Partición del Sub-Lote 3 de la Urbanización Miramar, correspondiéndole a don Andrés Moisés MANRIQUE VALDIVIA un área de 60.00 m2. (22.73%); a doña María Cristina PUMARRUME BRIONES, un área de 63.00 m2. (23.87%) y a don Severo Alfredo AQUINO ORIHUELA y su cónyuge María Eulalia BALDEON REMENTERIA de AQUINO un área de 140.96 m2. (53.40%). Que, cumple con adjuntar el recibo de ingresos Nº 0079148, de fecha 29 de Diciembre de 2011, por concepto de aporte para Parques Zonales - SERPAR, por un monto de (S/.827.32) ochocientos veinte y siete con 32/100 Nuevos Soles, de acuerdo a la Resolución de Gerencia Administrativa Nº 1548-2011 emitida por SERPAR – LIMA, el 19 de Diciembre de 2011. Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº29090 - Ley de Edifi caciones y Habilitaciones Urbanas, Ley Nº 29476 - Ley que modifi ca y complementa la Ley Nº 29090, Ley Nº 27444 - Ley de procedimientos administrativos y demás normas vigentes sobre la materia: SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Subdivision del Lote Matriz constituido por el Sub Lote 3, de la Urbanización Miramar, con un área de terreno de 263.96 m2., ubicado con frente a la Calle Cmdte. Manuel A. Villavicencio, (ex – Calle 4), Jurisdicción del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, con Zonifi cacion RDM (Residencial de Densidad Media) – Área de Tratamiento Normativo II, conforme a los Planos; U-1; P-1 y P-2. LOTE MATRIZ Sub Lote 3: • Por el frente, con línea recta, tramo A-B, con la Calle Cmdte. Manuel A. Villavicencio, (Ex – Calle 4), con 10.152 ml. • Por la derecha, en línea recta, tramo A-D, entrando colinda con el Sub lote 4 de la Mz. 34, propiedad de terceros con 26.00 ml • Por la Izquierda, en línea recta, tramo B-C, entrando colinda con los Sub lotes 2 y 1 de la Mz. 34, propiedad de terceros con 26.00 ml. • Por el fondo, en línea recta, tramo C-D, colinda con Parte del Lote 441 de la Mz. 34, propiedad de terceros con 10.152 ml. AREA DE TERRENO: 263.96 m2. PERÍMETRO: 72.304 ml. SUBLOTES PROPUESTOS: SECCIÓN 1 (Polígono A A’ E’’ E) • Por el frente, con línea recta tramo A-A’ con la Calle Cmdte. Manuel A. Villavicencio, (Ex – Calle 4), con 4.00 ml. • Por la derecha entrando, con línea recta tramo A-E colinda con parte del Sub lote 4, con 15.00 ml. • Por la Izquierda, entrando con línea recta tramo A’- E’’, colinda la Sección 2, con 15.00 ml. • Por el fondo, con línea recta tramo E’’-E, colinda con parte de la Sección 3, con 4.00 ml. AREA DE TERRENO: 60.00 m2. PERÍMETRO: 38.00 ml. SECCIÓN 2 (Polígono A’ A’’ F E’’) • Por el frente, con línea recta tramo A’-A’’, con la Calle Cmdte. Manuel A. Villavicencio (Ex – Calle 4), con 4.20 ml. • Por la derecha, entrando con línea recta, tramo A’-E’’, colinda con la Sección 1 con 15.00 ml. • Por la Izquierda, entrando con línea recta, tramo A’’-F colinda con parte del Sección 3, con 15.00 ml. • Por el fondo, con línea recta, tramo E’’-F colinda con parte de la Sección 3, con 4.20 ml. AREA DE TERRENO: 63.00 m2. PERÍMETRO: 38.40 ml. SECCIÓN 3 (Polígono A’’ B C C’ D’ D’’ E’ E’’ F) • Por el frente, con línea recta, tramo A’’-B, con la Calle Cmdte. Manuel A. Villavicencio, (Ex – Calle 4), con 1.952 ml. • Por la derecha, entrando colinda con la Sección 2, Sección 1 y, parte del Sublote 4 de la Mz. 34, con una línea quebrada de 5 tramos: Primer tramo, A’’-F colinda con la Sección 2, con 15.00 ml. Segundo tramo, F-E’ colinda con la Sección 2, con 4.20 ml. y, la Sección 1 con 4.00 ml. Tercer tramo, E’-D’’ colinda con el Sub lote 3 de la Mz. 34, con 3.35 ml. Cuarto tramo, D’’-D’ colinda con el Sub lote 3 de la Mz. 34, con 0.30 ml. Quinto tramo, D’-C’ colinda con el Sub lote 3 de la Mz. 34, con 7.65 ml. • Por la Izquierda, con línea recta tramo B-C, colinda con el Sub lote 2 y, el Sub lote 1, con 26.00 ml. • Por el fondo, en línea recta C-C’ colinda con propiedad de terceros con 9.752 ml. AREA DE TERRENO: 140.96 m2. PERÍMETRO: 72.004 ml. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el cual deberá efectuarse dentro de los 30 dias a partir de su notificación; asimismo la inscripción Registral ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Zonal Nº IX – Lima, que correrá a cargo de los copropietarios.