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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2012 464217 CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo estipulado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado, desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política del Perú, en lo que se refi ere a la jerarquía de los altos funcionarios y autoridades del Estado en el literal k) del artículo 2° señala a los Alcaldes y Regidores Distritales, como funcionarios y autoridades del Estado; y la Ley N° 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en su artículo 10°, numeral 10.1 literal c), exceptúa de la prohibición de realizar viajes al exterior con cargo a recursos públicos a los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212; Que, el Artículo 1° Decreto Supremo N° 047-2002- PCM establece que La autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y su reglamento; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, preceptúa que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Establece también que toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Asimismo el artículo 5° del citado Decreto Supremo prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasione los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, siendo para América del Norte US$ 220 (Doscientos Veinte Dólares Americanos), el cual deberá ser autorizado mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Igualmente establece que se debe privilegiar la austeridad del gasto fi scal; Que, el Artículo 8° del Decreto Supremo en referencia establece que los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada en el Artículo 5 serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, en atención al Exp. Adm. Nº 988-2012 e Informe Nº 079-2012-MDRT/SG, mediante Informe N° 055-2012-MDRT/SGAF, de fecha 02-04-2012 la Sub Gerencia de Administración y Finanzas remite el detalle de gasto que representaría el viaje y participación de un regidor en la XXIV Feria Anual de Cafés Especiales; asimismo mediante Informe Legal Nº 044-2012-AL/ MDRT, el Asesor Legal de la Institución emite opinión favorable sobre la participación y representación del Distrito de Río Tambo que debe realizar el señor Edson Casafranca Quispe, en su condición de Regidor y Presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico Productivo, Promoción al Trabajo y Mercado, a fi n que tome conocimiento e intercambie las experiencias exitosas de mercado principalmente sobre la comercialización del café, por ser un tema de gran utilidad e importancia para esta corporación edil al ser nuestro distrito un gran productor de café de exportación que requieren de la búsqueda de un mercado que ofrezca adecuados precios al producto, redundado en benefi cio e interés de los agricultores del Distrito de Río Tambo, además en dicho encuentro podrán afi anzar, concertar una serie de relaciones y contactos para cumplir con este objetivo; y a través del Informe N° 328-OPP-2012/MDRT, de fecha 04- 04-2012 la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto otorga la Certifi cación Presupuestal por la suma de hasta S/. 12,736.32, costo que irrogaría dicho viaje de acuerdo al Informe presentado por la Sub Gerencia de Administración y Finanzas; Que, el evento “Feria de la Asociación americana de Cafés Especiales”, a realizarse en la Ciudad de Portlad – OR USA del 18 al 22 de abril del 2012, constituye una gran oportunidad para conocer las innovaciones en el mercado del café y al mismo tiempo establecer relaciones comerciales con compradores de diversas partes del mundo en particular de los cafés especiales rubro en el que nuestro distrito tiene creciente oferta considerando que el Valle Santa Cruz es una zona productora de café de gran calidad que es necesario promocionar a nivel Internacional; Que, en tal sentido el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria Nº 06, del 09-04-2012, atendiendo a la consideración del Director Ejecutivo de la Asociación de Café Especial de América Ric Rhineart, aceptó la sugerencia de designar al Regidor Edson Casafranca Quispe - Presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico Productivo, Promoción al Trabajo y Mercado para que en representación de la Municipalidad Distrital de Río Tambo participe en la “Feria de la Asociación Americana del Cafés Especiales” Que, el numeral 11) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Estado a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el numeral 11 del artículo 9° y Art. 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; por UNANIMIDAD; ACORDÓ: Primero.- AUTORIZAR, el viaje que en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Distrital de Río Tambo realizará el señor Regidor - Presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico Productivo, Promoción al Trabajo y Mercado - EDSON CASAFRANCA QUISPE a la ciudad de Portland OR USA, por el espacio de 05 días (del 18 al 22 de abril del 2012), para que participe en la “XXIV Feria de la Asociación Americana del Cafés Especiales” por ser un evento de interés Institucional. Segundo.- AUTORIZAR, el egreso de S/. 11,136.32 (Once Mil Ciento Treinta y Seis con 32/100 nuevos soles) para cubrir los gastos de pasaje, viáticos y derecho de participación al citado evento del regidor Edson Casafranca Quispe, de acuerdo al siguiente detalle: • Pasaje terrestre Puerto Prado - Satipo - Lima y viceversa S/. 150.00 • Racionamiento en Lima (01 día) S/. 210.00 • Pasaje Aéreo Lima - Portland - Lima S/. 6,285.92 • Viáticos al Exterior (06 días) S/. 3,590.40 • Derecho de Participación (incluye IGV) S/. 900.00 TOTAL S/. 11,136.32 Tercero.- El egreso que demande el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo se afectará a la específi ca del gasto correspondiente del Presupuesto Institucional del presente ejercicio fi scal de acuerdo al Informe Nº 328- OPP-2012/MDRT. Cuarto.- Al retorno de la Comisión de Servicio, el Regidor realizará una exposición de las actividades realizadas en el exterior y brindará apoyo a los agricultores para la obtención del/los benefi cios obtenidos con motivo de éste viaje. Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo y a Secretaria General su publicación en marco a la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TARCISIO H. MENDOZA SHIRORINTI Alcalde 776044-1