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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2012 464206 Alcaldía, tomando en consideración la fecha de publicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto en el ámbito de su competencia, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el presente Reglamento. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 776029-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban estructura de costos, estimación de ingresos y determinación del derecho de emisión mecanizada de actualización del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2012 ORDENANZA Nº 260-2012-MDI Independencia, 15 de marzo del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Memorando Nº 517 -2012/GM/MDI, Informe Nº 031-2012-GR-/MDI emitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 330-2012-GAL//MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, para la ratifi cación de la Ordenanza sobre el Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012, mediante los cuales recomiendan la aprobación de la Estructura de Costos, Estimación de Ingresos y la Tasa del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fi scal 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dicho cuerpo normativo también les otorga potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. Que, conforme a la cuarta disposición fi nal del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004, las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio. En tal sentido, la Municipalidad de Independencia, al amparo de la disposición antes expuesta y considerando la necesidad de brindar un servicio a la comunidad, estableció el servicio de la emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de impuestos y los correspondientes recibos de pago, así como su distribución a domicilio del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el año 2012. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Artículo 9º numeral 9), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, El Concejo Municipal por UNANIMIDAD, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE COSTOS, ESTIMACION DE INGRESOS Y DETERMINACION DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL 2012 Artículo Primero.- FÍJESE en S/. 2.95 (Dos y 95/100 nuevos soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes, titulares de un predio, por concepto derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fi scal 2012. Artículo Segundo.- FÍJESE en S/. 0.28 (Veinte y ocho céntimos de nuevo sol), el monto que deberán abonar por predio adicional los contribuyentes que posean más de un predio, el mismo que comprende S/. 0.14 por recibo PU (Predio Urbano) y S/. 0.14 por recibo HLA (Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales). Artículo Tercero.- FÍJESE como tope máximo, el 0.4% de la UIT por el derecho de emisión mecanizada para los contribuyentes que posean más de un predio. Artículo Cuarto.- El Derecho de Emisión Mecanizada, será abonado conjuntamente con el pago al contado del impuesto predial o de su primera cuota fraccionada. Artículo Quinto.- APRUÉBESE la estimación de ingresos por concepto de derecho de Emisión Mecanizada del periodo 2012, por el monto de S/.89,875.11 Nuevos Soles. Artículo Sexto.- APRUÉBESE el Informe Técnico, que comprende la Estructura de Costos y Estimación de Ingresos que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, que establece el Monto de Emisión Mecanizada, Actualización de Valores, Determinación de tributos y Distribución de recibos de pagos a domicilio correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2012. Artículo Séptimo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Nº 256-2012-MDI. Artículo Octavo.- FACÚLTESE al Alcalde, para que por Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que fueran necesarias, a fi n de lograr una adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Noveno.- La presente ordenanza y el acuerdo ratifi catorio podrá ser visualizada ingresando al portal del SAT de Lima, www.sat.gob.pe y al Portal Institucional www.munindependencia.gob.pe Artículo Décimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el diario Ofi cial El Peruano y del Acuerdo de Concejo que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima, sobre la ratifi cación de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde INFORME TÉCNICO El Derecho de Emisión Mecanizada, consiste en la actualización de valores; como Valor Arancelario, Valores Unitarios Ofi ciales de Edifi cación, Unidad Impositiva Tributaria y su determinación para el caso del impuesto predial y para los arbitrios municipales la actualización y determinación de tasas por el servicio de Limpieza Pública (recolección de residuos sólidos, barrido de calle) Parques y Jardines y Serenazgo, así como actualización de zonifi cación, usos y fecha de vencimiento, y fi nalmente la impresión, compaginado, embolsado y su distribución domiciliaria de los recibos correspondientes. DEFINICIONES.- Recibo HR.- Entiéndase por recibo HR, al formato impreso actualizado que contiene la Hoja de Resumen de los predios de propiedad de un contribuyente, ubicados en la jurisdicción del distrito. Recibo PU.- Entiéndase por recibo PU, al formato impreso actualizado que contiene las características de