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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de abril de 2012 464269 Amazónicos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil”, fue suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación de la adhesión del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Cooperación en Materia de Desarrollo del Transporte Fluvial en los Ríos Amazónicos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil”, suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 777208-3 Ratifican el Acuerdo entre la Confederación Suiza y la República del Perú, relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 017-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Oficina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú”, fue hecho el 18 de noviembre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Ofi cina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú”, hecho el 18 de noviembre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 777208-4 Ratifican el Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Ejecución del Proyecto “Promoviendo el Marcaje de Armas de Fuego en América Latina y El Caribe” DECRETO SUPREMO Nº 018-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Ejecución del Proyecto “Promoviendo el Marcaje de Armas de Fuego en América Latina y El Caribe”, fue suscrito el 26 de enero de 2012, en la sede de la Organización de los Estados Americanos, Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Ejecución del Proyecto “Promoviendo el Marcaje de Armas de Fuego en América Latina y El Caribe”, suscrito el 26 de enero de 2012, en la sede de la Organización de los Estados Americanos, Washington D.C., Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 777208-5 Ratifican el Acuerdo entre la República del Perú y el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) sobre la admisión la República del Perú en la categoría de Observador Regional del SICA DECRETO SUPREMO Nº 019-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA