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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de abril de 2012 464276 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, señala que la Dirección General de Salud de las Personas, es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la atención integral, servicios de salud, calidad, gestión sanitaria y actividad de Salud mental; Que, en virtud de ello, la Dirección General de Salud de las Personas, ha propuesto para su aprobación el Documento Técnico “Lineamientos para el Acompañamiento Psicosocial a Familiares de Personas Desaparecidas” el cual tiene por fi nalidad contribuir a la mejora de la salud mental de los familiares de personas desaparecidas en proceso de violencia experimentado durante los años 1980-2000; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico “Lineamientos para el Acompañamiento Psicosocial a Familiares de Personas Desaparecidas”, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Salud Mental, la difusión del mencionado Documento Técnico. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el ámbito regional, son las responsables de la implementación, supervisión y aplicación del presente Documento Técnico, dentro de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 777116-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan funcionarios responsables de brindar información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 100-2012-TR Lima, 16 de abril de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 209-2012-MTPE/4 de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3º, 15º, 16º y 17º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información califi cada como secreta, reservada y confi dencial; Que, el artículo 8º del dispositivo señalado en el párrafo precedente establece que las entidades de la Administración Pública a que se hace referencia el artículo 2º de la Ley Nº 27806 se encuentran obligadas a dar información, debiendo identifi car al funcionario responsable de brindarla en caso de ser solicitada en virtud de dicha Ley; Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806 aprobado por Decreto Supremo Nº 073-2003-PCM, establece que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, adicionalmente, la entidad colocará copia de la resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM se aprueba la implementación del portal de transparencia estándar en las entidades de la administración pública. Dicha herramienta informática contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la entidad considere pertinente publicar; Que, el artículo 3º del referido dispositivo, precisa que para el oportuno cumplimiento de la actualización de la información en el Portal de Transparencia, cada unidad orgánica responsable del procesamiento de la información, según sea el caso, deberá designar un coordinador que tendrá relación directa con el funcionario responsable designado por la entidad para el Portal de Transparencia; Que, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR establece en el inciso b) del artículo 17º que, la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, tiene entre otras funciones específi cas, la provisión de información y orientación al ciudadano; asimismo, el inciso f) del artículo 42º establece que, la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, tiene entre otras funciones específi cas, la de supervisar la administración del Portal Web de la entidad; Que, mediante documento de visto, la Secretaría General requiere actualizar la Resolución Ministerial Nº 044-2006-TR que designa a los funcionarios responsables de brindar información pública y del Portal de Transparencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM que aprueba la Implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública; Que, en mérito a lo expuesto resulta necesario expedir la resolución que designe a los funcionarios responsables de brindar la información pública y del Portal de Transparencia Estándar de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad legal vigente;