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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (17/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de abril de 2012 464280 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de funcionarios de la SUNAT a Chile para participar en la 46º Asamblea General del CIAT y en el Seminario sobre “Tributación y Desarrollo: Ampliando la Base Impositiva” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 077-2012/SUNAT Lima, 13 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación de fecha 19 de diciembre de 2011, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que participe en la 46º Asamblea General del CIAT, que cuenta con el co- patrocinio del Servicio de Impuestos Internos de Chile, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 23 al 26 de abril de 2012; Que asimismo, a través de la comunicación de fecha 28 de febrero de 2012, el Secretario Ejecutivo del CIAT, cursa invitación a la SUNAT para que participe en el Seminario sobre “Tributación y Desarrollo: Ampliando la Base Impositiva”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, el día 27 de abril de 2012; Que la 46º Asamblea General del CIAT, tendrá como tema central “Mejorando el desempeño de la administración tributaria: el control de la evasión y la asistencia a los contribuyentes”, para lo cual contará con la participación, además de los representantes de los países miembros, de otras destacadas personalidades en el campo de la tributación provenientes de diversos países y organismos internacionales que han sido invitadas al evento; Que el tema central de la Asamblea analizará las alternativas que los países están implementando para combatir la evasión y mejorar la asistencia al contribuyente, entendiendo que se debe seguir promoviendo el cumplimiento voluntario, y al mismo tiempo ejercer controles más efi caces, innovadores y especializados que permitan ampliar la base tributaria e incrementar la recaudación; Que por su parte, el Seminario sobre “Tributación y Desarrollo: Ampliando la Base Impositiva”, organizado a través de un esfuerzo de colaboración del CIAT, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), el Pacto Fiscal Internacional (ITC) y el Grupo del Banco Mundial, tratará la temática de la auditoría de las pequeñas y medianas empresas, entre otros temas estratégicos relacionados con la gestión tributaria; Que en tal sentido, considerando que el Perú es miembro del CIAT y dada la importancia que revisten los mencionados eventos para el desarrollo de las funciones de esta Superintendencia, redundando en el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales y, por ende del país, se ha estimado conveniente la participación del señor Héctor Daniel Romero Sánchez, Superintendente Nacional Adjunto de Administración Interna, así como del señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner, Asesor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en los referidos eventos internacionales; Que al respecto, el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT de fecha 26 de enero de 2012, se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé que quedan prohibidos los viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los viajes que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que de otro lado, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 29816, establece que la SUNAT autorizará mediante Resolución de Superintendencia, los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, teniendo en consideración que dicho viaje cumple con los objetivos institucionales, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados funcionarios del 22 al 27 de abril de 2012; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013- 2012/SUNAT; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Héctor Daniel Romero Sánchez, Superintendente Nacional Adjunto de Administración Interna, así como del señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner, Asesor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, del 22 al 27 de abril de 2012, para participar en la 46º Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT y en el Seminario sobre “Tributación y Desarrollo: Ampliando la Base Impositiva”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2012 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Héctor Daniel Romero Sánchez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 509,94 Viáticos US$ 1 200,00 Señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 509,94 Viáticos US$ 1 200,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberán presentar ante el Titular de la Entidad, con copia al Instituto de Administración Tributaria y Aduanera, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 777024-1