Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2012 (29/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2012

Articulo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4°.- El personal militar comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 0472002-PCM. Articulo 5°.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 783172-8

Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de Estados Unidos de MORDAZA que se detalla a continuacion, del 30 de MORDAZA al 04 de MORDAZA de 2012, para realizar un pre despliegue de estudio de sitio en la Base MORDAZA de Ancon. 1. Mayor 2. Capitan 3. Tecnico Tercero 4. Oficial de Mar Primero MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA M. OSBORNE MORDAZA A. SCHAEFER MORDAZA T. ISBERNER

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 780483-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 453-2012-DE/SG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 269 de fecha 03 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, ingresara a territorio nacional para visitar las sedes del Centro Investigaciones de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6) ubicadas en las ciudades de Iquitos y MORDAZA, con la finalidad de evaluar proyectos de virologia, del 30 de MORDAZA al 08 de MORDAZA del 2012; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 30 de MORDAZA al 08 de MORDAZA de 2012, para visitar las sedes del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA y de la Republica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 452-2012-DE/SG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 254 de fecha 30 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal Militar de los Estados Unidos de MORDAZA ingresara a territorio nacional, con la finalidad de realizar un pre despliegue de estudio de sitio en la Base MORDAZA de Ancon, lugar previsto para el entrenamiento del personal de las Fuerzas de Infanteria de Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, del 30 de MORDAZA al 04 de MORDAZA de 2012; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

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