Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2012 (29/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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dicho plazo, el exportador se encuentra incurso en la infraccion prevista en el numeral 5), inciso c) del articulo 192° de la Ley General de Aduanas. Modificacion de la DSW 17. La DSW podra ser modificada por el exportador via internet hasta MORDAZA de la seleccion del MORDAZA de control. Posterior a la seleccion del MORDAZA de control, la modificacion debera ser solicitada mediante expediente, ante el area que administra el regimen de exportacion definitiva de la intendencia de aduana de la circunscripcion. Para el incremento de mercancia a una DSW numerada con modalidad de despacho 24 sin MORDAZA de control a embarcarse via aerea, el exportador debe modificar via internet los datos de la declaracion tales como bultos, peso, unidades fisicas y valor, entre otros, y de no contar con el comprobante de pago a digitalizar por la mercancia a incrementar, procede a registrar via internet el numero y la fecha de la guia de remision en el MORDAZA de descripcion de mercancia. En caso que el exportador no MORDAZA modificado la declaracion o registrado los datos de la guia de remision, el funcionario aduanero rechaza la DSW en el MORDAZA del especialista y devuelve la declaracion al exportador a fin que proceda a su modificacion. DSW dejada sin efecto 18. La DSW numerada se deja sin efecto cuando se trate de: a) Mercancias prohibidas. b)Mercancias restringidas que no cuenten con autorizacion para su exportacion. 19. El SIGAD deja sin efecto en forma automatica las DSW sin MORDAZA de control que excedan los treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la fecha de numeracion de la DSW. Aplicacion normas supletoria de procedimientos y

a) En los regimenes de Admision Temporal para Perfeccionamiento Activo o Admision Temporal para Reexportacion en el mismo estado, el numero de la Declaracion (aduana / ano / regimen / numero correlativo) y de la serie correspondiente. Cuando hubiera mas de una declaracion, se consigna unicamente el codigo del regimen y se registra en la MORDAZA "Observaciones" las declaraciones precedentes. b) Para acogerse al regimen de Reposicion de Mercancia con Franquicia Arancelaria, el codigo 12. c) Para acogerse al Procedimiento Simplificado de Restitucion de Derechos Arancelarios, el codigo 13. 3. De ser conforme, el SIGAD genera el numero de la DSW; caso contrario, comunica el error por el mismo medio para su subsanacion. El despacho aduanero se realiza las veinticuatro (24) horas del dia. Ingreso de la mercancia a un deposito temporal 4. El exportador ingresa la mercancia a un deposito temporal, MORDAZA o despues de la numeracion de la DSW. 5. En aquellas circunscripciones aduaneras que no cuenten con deposito temporal o que estos se encuentren alejados del puesto de control de salida, la mercancia debe ser puesta a disposicion de la Autoridad Aduanera en los lugares que senale la intendencia de aduana de la circunscripcion. Transmision de la recepcion de la mercancia 6. El deposito temporal transmite la informacion de la mercancia recibida en sus recintos a la intendencia de aduana de la circunscripcion, dentro del plazo de dos (2) horas contados a partir de lo que suceda ultimo: el ingreso total de la mercancia al deposito temporal o la comunicacion del numero de la DSW por parte del exportador. Dicha transmision debe contener los siguientes datos: a) Numero de la DSW asociada; b) Numero del documento de recepcion del deposito temporal; c) RUC del exportador; d) Descripcion generica de la mercancia; e) Cantidad total de bultos; f) Peso MORDAZA total; y g) Numero de contenedor y de precinto de seguridad, de corresponder. Revision y seleccion de MORDAZA (con ingreso a un deposito temporal) 7. Aceptada la transmision de la recepcion de la mercancia por el deposito temporal, la DSW asociada a dicha mercancia automaticamente es puesta a disposicion del funcionario aduanero para su revision en la intranet (portal del especialista) de la SUNAT. 8. El funcionario aduanero verifica que los datos de la mercancia consignada en la DSW coincidan con el comprobante de pago digitalizado o electronico, y con la autorizacion para exportar en el caso de mercancias restringidas. Verifica, ademas, que las subpartidas nacionales correspondan a las mercancias declaradas. 9. De ser conforme, el funcionario aduanero registra su aceptacion en el MORDAZA del especialista. Una vez registrada la aceptacion, el SIGAD automaticamente asigna el MORDAZA de control a la DSW, el cual puede ser consultado en el MORDAZA de la SUNAT. 10. De no ser conforme, el funcionario aduanero corrige los datos de la DSW acorde a la documentacion que la sustenta y procede a registrar su aceptacion, salvo que se determine que se trata de mercancia prohibida; mercancia restringida que no cuente con la autorizacion emitida por el sector competente o; que la documentacion digitalizada no sea legible o no corresponda con los datos registrados en la DSW, en cuyo caso rechaza via electronica la DSW en la misma opcion de revision indicando el motivo, el cual es publicado en el MORDAZA de la SUNAT.

20. En lo no previsto en el presente procedimiento, corresponde la aplicacion de los procedimientos de "Exportacion Definitiva" INTA-PG.02 y "Despacho Simplificado de Exportacion" INTA-PE.02.01 y demas normas que resulten aplicables al regimen. VII. DESCRIPCION A.TRAMITACION DEL DESPACHO WEB Numeracion de la DSW 1. El exportador accede al MORDAZA de la SUNAT (www. sunat.gob.pe) en la opcion: Servicios Virtuales / Aduaneros / Exportacion Simplificada Web, ingresa su numero de RUC, usuario y clave SOL que reemplaza a su firma manuscrita; luego en la opcion de numeracion de la DSW procede al registro de los datos requeridos por el formato electronico. Por cada serie de la DSW, el exportador consigna de manera referencial la subpartida nacional que corresponda a la descripcion comercial de la mercancia. El valor FOB se consigna en dolares de los Estados Unidos de America. Los valores expresados en otras monedas se deben convertir a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, utilizando los factores de conversion monetaria publicados en el MORDAZA de la SUNAT, vigentes a la fecha de numeracion de la DSW. El exportador al momento de registrar los datos para la numeracion de la DSW, puede solicitar que la mercancia sea sometida a reconocimiento fisico. Asimismo, inserta los documentos digitalizados que correspondan de acuerdo a lo senalado en el Anexo 2. 2. El exportador consigna, cuando corresponda, en la MORDAZA "Declaracion precedente / regimen de aplicacion", a nivel de cada serie de la DSW la siguiente codificacion:

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