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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (01/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2012 471757 adelante Ley, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, el artículo 7º de la citada Ley defi ne a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) como aquellas entidades públicas, privadas o mixtas, creadas o por crearse encargadas de administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de las prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afi liados; Que el inciso d) del artículo 32º del Reglamento de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que la función de regulación comprende la facultad de emitir dentro del ámbito de su competencia resoluciones de carácter general y particular que rijan las actividades de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, Entidades prepagadas de servicios de salud y todas aquellas entidades públicas, privadas o mixtas que ofrezcan servicios en la modalidad de pago regular y anticipado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2011-SA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, el mismo que establece la nueva estructura orgánica y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29344 y su Reglamento; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 054- 2000-SEPS se aprueba el Reglamento de Fusión y Normas Complementarias de Disolución y Liquidación de las Entidades Prestadoras de Salud - EPS, asimismo con la Resolución de Superintendencia Nº 008-1999- SEPS que establece el Ampliar la Capacidad de Afi liación en un Nuevo ámbito Geográfi co de las EPS, refi eren a instancias administrativas que se contraponen con la actual estructura orgánica de la SUNASA establecida en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASA, por lo que resulta necesario efectuar las modifi caciones que corresponden; Que, acorde con lo señalado en los incisos e) y w) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, antes mencionado, corresponde al Superintendente proponer al Consejo Directivo, las normas relacionadas con el proceso del AUS, en materia de su competencia de acuerdo al marco legal vigente y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Ordinaria Nº 014-2012-CD/SUNASA de fecha 25 de julio de 2012; Con el visto del Superintendente Adjunto, del Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro y de la Directora de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Reglamento de Fusión y Normas Complementarias de Disolución y Liquidación de las Entidades Prestadoras de Salud - EPS, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 054-2000- SEPS, en los extremos en que se refi ere al Órgano de la Ex Intendencia General de la SEPS, debiéndose sustituirse por el Órgano de la Intendencia de Regulación Autorización y Registro – IRAR de la SUNASA. Artículo 2º.- MODIFICAR la Disposición Final Única del Reglamento de Fusión y Normas Complementarias