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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (01/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2012 471770 patrimonio efectivo nivel 2, señaladas en el artículo 233º de la Ley General, y el artículo 16º del Reglamento; y de forma adicional, se ha cumplido con lo previsto en la Circular SBS Nº F-414-2000; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” y el Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General, y por la Resolución SBS Nº 4796-2012, del 17 de julio de 2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que CrediScotia Financiera S.A. emita instrumentos representantivos de deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo nivel 2, en el marco del “primer Programa de Bonos Subordinados CrediScotia Financiera”, hasta por un monto máximo de S/.300 000 000.00 (trescientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos. Artículo Segundo.- Precisar que el cómputo de la deuda subordinada emitida en el marco del programa señalado en el artículo precedente para la determinación del patrimonio efectivo, está sujeto a los límites establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 185º de la Ley General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 820627-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 4879-2012 Lima, 20 de julio de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Javier Becerra Garay para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 109-2010 se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 26 de enero de 2012, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14º del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado a los postulantes a corredores de seguros persona natural, concluyéndose el proceso de evaluación; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012 y Resolución SBS Nº 4408-2012 del 9 de julio de 2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Luis Javier Becerra Garay con matrícula Nº N-4139 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIO SANCHEZ CHAVEZ Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros (a.i.) 820899-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Nuestra Gente, el cierre de oficina especial ubicada en el distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 4982-2012 Lima, 24 de julio de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Nuestra Gente para que se le autorice el cierre de una (01) Ofi cina Especial ubicada en el distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 4077-2010 se autorizó la apertura de la citada Ofi cina Especial; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el cierre de la Ofi cina Especial Permanente solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”, y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum Nº 458-2012-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Nuestra Gente, el cierre de la Ofi cina Especial ubicada en Av. Manchay s/n, Sector Central, Huertas de Manchay, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CÓRDOVA LUNA Intendente General de Microfi nanzas (a.i.) 821272-1