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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (02/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2012 471795 modifi cado por la Ley N° 26510, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en el Decreto Supremo Nº 011- 2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación, y en el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorpórese, con efi cacia anticipada, el numeral 9.10 a las Disposiciones Finales de la Directiva N° 009-2012-MINEDU/SG, “Procedimientos para la aprobación de Convenios a ser suscritos por el Ministerio de Educación”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0156-2012-ED, con el siguiente texto: 9. DISPOSICIONES FINALES (…) 9.10 Excepcionalmente, cuando se haya delegado la facultad para suscribir Convenios y aquél en quien se haya delegado dicha facultad cuente con unidades técnicas y de asesoramiento que garanticen la legalidad de los documentos a ser suscritos, no será exigible la aplicación de los procedimientos contemplados en la presente Directiva para la aprobación de Convenios. Artículo 2.- Precisar que los demás extremos de la Directiva N° 009-2012-MINEDU/SG aprobada por Resolución Ministerial Nº 0156-2012-ED, mantienen plena vigencia. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Prensa publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Educación http://www.minedu.gob.pe/ normatividad/. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 821777-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación de autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la Central Térmica El Tablazo Colán de la que es titular SDE PIURA S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 323-2012-MEM/DM Lima, 10 de julio de 2012 CONSIDERANDO: VISTO: El Expediente N° 33281811 organizado por SDE PIURA S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11078816 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Piura, y su solicitud de modifi cación de la autorización para la generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica El Tablazo Colán; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 515-2011- MEM/DM publicada el 31 de diciembre de 2011, se otorgó la autorización a favor de SDE PIURA S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la futura Central Térmica El Tablazo Colán, con una potencia instalada de 31,45 MW, ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2175754 del 16 de marzo de 2012, SDE PIURA S.A.C. solicitó la modifi cación de su autorización de generación de energía eléctrica, a fi n de ampliar el plazo del Cronograma de Ejecución de Obras y que la operación comercial de la Central Térmica El Tablazo Colán se inicie el 1 de julio de 2012; Que, los fundamentos invocados por el solicitante inciden directamente en el cumplimiento del inicio de la operación comercial conforme a los plazos previstos en el Calendario de Ejecución de Obras, califi cando como razones técnico- económicas que exceptúan la cancelación de la autorización, según el literal e) del artículo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, de acuerdo al Informe Legal Nº 030-2012-EM- DGE de fecha 11 de junio de 2012; Que, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, la Dirección General de Electricidad emitió el Informe N° 260-2012-DGE- DCE recomendando la modifi cación de la autorización para la generación de energía eléctrica de la Central Térmica El Tablazo Colán, consistente en la ampliación del plazo para el inicio de la operación comercial; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67 y literal e) del artículo 69 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Estando a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem AE01 del Anexo N° 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las razones técnico-económicas sustentadas por SDE PIURA S.A.C., al amparo del literal e) del artículo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 2º.- Aprobar la modifi cación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica El Tablazo Colán de la que es titular la SDE PIURA S.A.C., consistente en la ampliación del plazo para el inicio de la operación comercial, que deberá ingresar en operación a partir del 1 de julio de 2012, de acuerdo al Cronograma de Ejecución de Obras modifi cado. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 815318-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Suprimen la frase “mayores a 50 usuarios” consignada para el otorgamiento de “Licencias Corporativas según convenio” en el Rubro Servicios “E.- Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico - Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión - 1. Edición Oficial por medios electrónicos de la compilación de la Legislación Peruana (SPIJ)”, contenida en el TUPA del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0190-2012-JUS Lima, 31 de julio de 2012 VISTOS, el Informe Legal Nº 018-2012/JUS-DNAJ-DSJ de la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico;