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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2012 471797 Aprueban Reglamento que norma las funciones que ejerce el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con relación a los cursos de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática, el Registro Nacional de Fedatarios y la acreditación de Asociaciones de Fedatarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0192-2012-JUS Lima, 31 de julio de 2012 Visto el Informe Legal Nº 014-2012/JUS-DNAJ-DSJ de la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-92-JUS se aprobó el “Reglamento del Decreto Legislativo Nº 681, sobre el uso de tecnologías de avanzada en materia de archivos de las empresas”; Que el Artículo 6º del Reglamento antes mencionado establece que el Ministerio de Justicia (hoy Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) supervisa la realización de los cursos para otorgamiento del certifi cado de idoneidad técnica, así como los procesos de ratifi cación cada cinco años a partir de su otorgamiento, inscripción y acreditación mediante carné; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 169-2000-JUS se aprobó el “Reglamento de supervisión de la capacitación para otorgamiento de certifi cado de idoneidad técnica de Fedatario Juramentado, su ratifi cación, así como para la acreditación de las Asociaciones de Fedatarios Juramentados”; Que, el Artículo 3º del Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 169-2000-JUS creó el Consejo de Supervisión de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática; Que, mediante Resolución Nº 004-2003-JUS-CSFJEI- P el Consejo de Supervisión de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática aprobó el “Reglamento para la Ratifi cación de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática”; Que, el Artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, establece que la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico es el órgano encargado de autorizar, denegar, supervisar y suspender los cursos de especialización, formación y capacitación para el otorgamiento del certifi cado de idoneidad técnica para Fedatario Juramentado con Especialización en Informática; llevar el Registro Nacional de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática del Ministerio; y, acreditar a las Asociaciones de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática; Que, la Tercera Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS derogó el Artículo 3º del Reglamento aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 169-2000-JUS; Que, es necesario emitir un nuevo Reglamento que norme las funciones que ejerce el Ministerio con relación a los cursos de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática, el Registro Nacional de Fedatarios y la acreditación de Asociaciones de Fedatarios que guarde correspondencia con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento que norma las funciones que ejerce el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con relación a los cursos de Fedatarios Juramentados con Especialización en Informática, el Registro Nacional de Fedatarios y la acreditación de Asociaciones de Fedatarios. Artículo 2º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 169- 2000-JUS y la Resolución Nº 004-2003-JUS-CSFJEI-P. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico, para conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- Publíquese la presente resolución en la página web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) y en su INTRANET. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA. A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos REGLAMENTO QUE NORMA LAS FUNCIONES QUE EJERCE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS CON RELACIÓN A LOS CURSOS DE FEDATARIOS JURAMENTADOS CON ESPECIALIZACIÓN EN INFORMÁTICA, EL REGISTRO NACIONAL DE FEDATARIOS Y LA ACREDITACIÓN DE ASOCIACIONES DE FEDATARIOS Capítulo I Normas Generales Artículo 1º.- Referencias.- Toda mención que se haga en este Reglamento a: 1.1 Los “Programas de especialización y capacitación” debe entenderse referida a los “Programas de especialización y capacitación para obtener el diploma o certifi cado de idoneidad técnica para el ejercicio de fedatario juramentado con especialización en informática”. 1.2 Los “Colegios” debe entenderse referido a los “Colegios de Abogados a nivel nacional”. 1.3 Las “Asociaciones” debe entenderse referidas a las “Asociaciones de Fedatarios Juramentados”. Artículo 2º.- Objeto.- La presente norma regula la función de supervisión del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sobre los Programas de especialización y capacitación realizados por los Colegios, así como el Registro Nacional de Fedatarios Juramentados con especialización en Informática del Ministerio, y la acreditación de Asociaciones. Artículo 3º.- Ámbito de aplicación.- El presente Reglamento comprende las funciones encomendadas al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 681, aprobado por Decreto Supremo 009-92-JUS, cuyo articulado fue sustituido, en parte, por el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2000-JUS. Asimismo, comprende las funciones de la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión, según lo establecido en el Artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS. Artículo 4º.- Objetivos de la Supervisión por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.- La función de supervisión de los Programas de especialización y capacitación tiene los siguientes objetivos: 4.1 Garantizar que cada uno de los cursos de los Programas de especialización y capacitación, así como los cursos de actualización y de capacitación continua para la ratifi cación, sean dictados por profesionales capacitados en la materia. 4.2 Verifi car que los cursos mencionados en el literal anterior se dicten cumpliendo los requisitos académicos mínimos, contenidos en el presente reglamento y otras normas legales vigentes. 4.3 Fiscalizar que los procesos de selección y admisión a los Programas de especialización y capacitación sean realizados con objetividad, imparcialidad y cumpliendo las normas legales vigentes. Capítulo II De la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión Artículo 5º.- Facultades y Atribuciones.- La Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión está facultada para: