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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (02/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2012 471805 que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal a) del numeral 12.1) del artículo 12° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR, se aprueba la Directiva “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; Que, mediante Decreto de Urgencia 058-2011 se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional; Que, al respecto, el dispositivo legal enunciado en el párrafo precedente, señala en el numeral 34.1, del artículo 34°, que autoriza un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, hasta por la suma de S/. 115 366 312.00 (Ciento quince millones trescientos sesenta y seis mil trescientos doce y 00/100 nuevos soles) a favor del pliego del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de los cuales S/. 65 366 312.00 (Sesenta y cinco millones trescientos sesenta y seis mil trescientos doce y 00/100 nuevos soles) corresponden al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; Que, el Anexo N° V del Decreto de Urgencia 058-2011, aprobó una relación de 321 proyectos de inversión pública en los gobiernos locales, siendo la inversión que realiza el Programa “Trabaja Perú” ascendente al monto de S/. 54 866 312.00 (Cincuenta y cuatro millones ochocientos sesenta y seis mil trescientos doce con 00/100 nuevos soles); precisando que dicho Programa no ha suscrito 69 convenios, toda vez que 59 proyectos cuentan con carta de desistimiento por parte de los órganos proponentes; Que, mediante Memorando N° 905-2012-DVMPEMPE/ TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación Presupuesto y Monitoreo del Programa señala que “(…) el número de proyectos a anular recursos debe ser como máximo dieciséis (16), los que además deben estar desistidos formalmente, cuyo monto (…) alcanzaría los S/. 4 503 118.00” (Cuatro millones quinientos tres mil ciento dieciocho con 00/100 nuevos soles), en concordancia con la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812 que autoriza al Programa “Trabaja Perú” a aplicar a otros proyectos de inversión pública, los recursos de hasta el 5% del número de proyectos aprobados en el Decreto de Urgencia N° 058- 2011, que no pueden ejecutarse por causas de fuerza mayor, previa confi rmación de la entidad u organización benefi ciada; resultando que de los 16 proyectos optimizados, seis (6) no cumplieron con la normativa del Programa luego de la evaluación de sus respectivos expedientes técnicos; Que, mediante Memorando N° 164-2012-DVMPEMPE/ TP-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos, remite el cuadro consolidado de diez (10) convenios suscritos de los proyectos de contingencia AC 51 para la tramitación de la certifi cación presupuestal del Aporte Total del Programa, por la suma de S/. 4 493 644.20 (Cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro con 20/100 nuevos soles); Que, mediante Memorando N° 968-2012-DVMPEMPE/ TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 415-2012-MTPE/4/11 por la suma de S/. 4 493 644.20 (Cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro con 20/100 nuevos soles); Que, mediante el Informe N° 343-2012-DVMPEMPE/ TP-DP, la Dirección de Proyectos del Programa comunica a la Directora Ejecutiva, la Certifi cación de Crédito Presupuestario otorgada y solicita la transferencia a favor de organismos ejecutores públicos de la Acción de Contingencia 51 - AC51, para el pago del Aporte Total del Programa, por la suma de S/. 4 493 644.20 (Cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro con 20/100 nuevos soles); Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Director de Proyectos, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR, y la Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR, “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de los organismos ejecutores del sector público de la Acción de Contingencia 51 – AC51, por la suma de S/. 4 493 644.20 (Cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro con 20/100 nuevos soles); para el pago del Aporte Total del Programa, conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 821913-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2012-TR Lima, 31 de julio de 2012 VISTOS: El Informe N° 347-2012-DVMPEMPE/TP- DP, de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 193-2012-DVMPEMPE/TP-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 770-2012-DVMPEMPE/ TP-OPPM de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 317-2012- DVMPEMPE/TP-UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio N° 845-2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modifi cado por Decreto Supremo N° 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005–Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que