Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2012 (04/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

471915

del Ano Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEVILLE Del MORDAZA y del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que efectuen una Visita Oficial a la Autoridad Maritima de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 6 al 10 de agosto de 2012; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEVILLE Del MORDAZA, CIP. 02799637, DNI. 43390592 y del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01021163, DNI. 44313011, para que efectuen una Visita Oficial a la Autoridad Maritima de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 6 al 10 de agosto de 2012. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA ­ Cartagena de Indias (COLOMBIA) - MORDAZA US$ 650.00 x 2 personas US$ 1,300.00 Viaticos: US$ 200.00 x 5 dias x 2 personas TOTAL A PAGAR: US$ 2,000.00 US$ 3,300.00

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil, MORDAZA, MORDAZA y Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 880-2012-DE/SG MORDAZA, 3 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 592 del 19 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio NC-900-JEMG-EMAI-Nº 1114 del 1 de agosto de 2012, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, personal militar de la Republica Federativa del Brasil, ingresara a territorio de la Republica, del 4 de agosto al 31 de diciembre de 2012, a fin de participar en el Curso Basico de Inteligencia que se realizara en la Escuela de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, el Articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aerea del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Capitan MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Republica Federativa del Brasil, del 4 agosto al 31 de diciembre de 2012, a fin de participar en el Curso Basico de Inteligencia que se realizara en la Escuela de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 823155-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 881-2012-DE/SG MORDAZA, 3 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 595 del 19 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El mencionado Personal MORDAZA, debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Oficial MORDAZA comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha del retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 823714-2

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