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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de agosto de 2012 471930 radiodifusión por cable, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, sujetándose a los derechos y obligaciones establecidos en el Contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de él; Que, mediante Informe N° 833-2012-MTC/27 la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la EMPRESA RADIODIFUSORA SAN JUAN E.I.R.L.; Que, mediante Informe N° 1482 -2012-MTC/08, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modifi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a la EMPRESA RADIODIFUSORA SAN JUAN E.I.R.L., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la EMPRESA RADIODIFUSORA SAN JUAN E.I.R.L. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4°.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 822442-1 Designan representantes del Ministerio ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 398-2012 MTC/02 Lima, 30 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Presidencial Nº 016-2002-CD-CONAM, se creó el Grupo Técnico de Sustancias Químicas, de carácter multisectorial, encargado de coordinar las acciones de gestión integrada sobre Sustancias Químicas y de implementación de los Convenios Internacionales, cuyas funciones tienen carácter de permanente; Que, los artículos 3 y 4 de la referida Resolución Presidencial, disponen que el Grupo Técnico de Sustancias Químicas, estará integrado, entre otros, por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ahora Ministerio de Transportes y Comunicaciones, debiendo designar a un representante titular y alterno mediante resolución; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 141- 2004-MTC/02 se designó a la señora Paola Naccarato de Del Mastro y a la señora Elsa Palomino Palomino como representantes de este Ministerio ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas; Que, a la fecha las referidas profesionales han dejado de prestar sus servicios al Ministerio de Transportes y Comunicaciones por lo que se hace necesaria la designación de nuevos representantes ante el citado Grupo Técnico; Que, visto el Memorándum Nº 490-2012-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las designaciones efectuadas a través de la Resolución Ministerial Nº 141- 2004-MTC/02. Artículo 2°.- Designar al Director General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA y a la Ingeniera Sandra Bazán Velásquez, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas. Artículo 3º.- Los representantes designados en el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 001-2007-MTC/09, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 001-2007-MTC/09. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 822442-2 Designan representante titular del Ministerio ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 399-2012 MTC/02 Lima, 30 de julio de 2012