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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de agosto de 2012 471988 de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro funcionario; Que, la Ley N° 27619 establece las normas que regulan la autorización de viajes al exterior de funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, en concordancia con la Ley de Presupuesto y las normas de austeridad vigentes. Que, mediante Informe N° 0023-2012-MJM/GPP/ SGPIPCTyPE de fecha 10 de julio del 2012 la Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, Cooperación Técnica y Proyectos Especiales establece que los gastos que irrogan la realización del presente viaje por concepto de pasajes, viáticos y tarifas aeroportuarias asciende a S/. 10,344.63; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, con Informe N° 121-2012-GPP-MJM de fecha 17 de julio del 2012, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal de acuerdo a la cadena de gasto: Meta 03, Rubro 09 Recursos Directamente recaudados Partida Presupuestal: 2.3.2.1.1.1., Pasajes y gastos de transporte, Monto S/. 6,163.83 y la Partida Presupuestal: 2.3.2.1.1.2., Viáticos, Monto S/. 4,180.80; Que, con Informe N° 868-2012-MDJM-GAJyRC de fecha 17 de julio del 2012 la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil es de opinión se autorice por excepción el viaje al exterior del Alcalde al referido evento del 22 al 25 de agosto del 2012; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, adoptó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORÍZASE, por excepción, el viaje en representación y comisión de servicios del señor Luis Enrique Ocrospoma Pella, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María, a la Ciudad de Fichtelberg - Alemania, del 22 al 25 de agosto del 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Los costos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados con cargo a los recursos según se detalla en la parte considerativa del presente Acuerdo, ascendiendo a S/. 10,344.63. Artículo Tercero.- El Alcalde efectuará al Concejo Municipal un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 823178-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Convocan a la elección de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, como representantes de las nueve zonas del distrito de Lince, para el período 2012- 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 19-2012-ALC-MDL Lince, 2 de agosto del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: El Memorándum Nº 203-2012-MDL-GM de fecha 01 de Agosto del 2012, vinculado con el proceso de elecciones de las Juntas de Delegados Vecinales Comunales del distrito de Lince, correspondiente al período 2012-2013; y, CONSIDERANDO, Que, la Gerencia de Desarrollo Social mediante Informe Nº 021-2012-MDL-GDS de fecha 30 de Julio del 2012, eleva y hace suyo el Informe Nº 069-2012-MDL- GDS-PPV de fecha 23 de Julio del 2012, emitido por el Responsable del Programa de Participación Vecinal, mediante el cual propone el proyecto de Decreto de Alcaldía para la elección de los Delegados de Juntas Vecinales Comunales para período 2012 - 2013, al vencerse el 23 de Setiembre del 2012, el periodo representativo de los Delegados Vecinales Comunales electos para el periodo 2011 - 2012; Que, mediante la Ordenanza Nº 207-MDL, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el día 06 de Abril del 2008, se aprobó el Reglamento para Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince, cuyo Art. 8 establece que: “El Alcalde mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa un Comité Electoral, y establece el Cronograma Electoral, antes del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales”; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6 del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la elección de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, como representantes de las nueve (09) zonas del distrito de Lince, para el período 2012- 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Comité Electoral encargado de llevar a cabo el proceso de elección cuya convocatoria se aprueba en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía, integrado por las siguientes personas: Primer Miembro : Sr. José Félix Santos Chocano Durand Segundo Miembro : Sra. María Josefa Seminario Gallo Tercer Miembro : Eco. : Roberto Galicia Sevillanos Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma Electoral para la elección de los Delegados de las Juntas de Delegados Vecinales Comunales del distrito de Lince, según el cuadro que se detalla a continuación: ACTIVIDADES FECHAS Convocatoria Pública 14 de Agosto Difusión 14 al 20 de Agosto Inscripción de candidatos 20 al 24 de Agosto Primera publicación de cartel de candidatos Inscritos 25 de Agosto Impugnación contra los candidatos inscritos 27, 28 y 29 de Agosto Resolución de impugnaciones 3, 4 y 5 de Setiembre Sorteo público del número de listas 06 de Setiembre Publicación defi nitiva del cartel de candidatos 07 de Setiembre Capacitación a personeros 11 de Setiembre Capacitación a miembros de mesa 12 de Setiembre Día de elecciones 16 de Setiembre Publicación de Resultados en los locales de votación 16 de Setiembre Publicación de Resultados en el Municipio 17 de Setiembre Proclamación y Juramentación de los Delegados de las Juntas Vecinales Comunales Electos 24 de Setiembre