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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (05/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de agosto de 2012 471979 Que, en tal sentido resulta necesario atender el pedido formulado por el Director General del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud y disponer las acciones de personal que resulten pertinentes; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la Licenciada en Trabajo Social Carmela CANALES AYBAR, en el cargo de Jefa, Nivel F-3, de la Ofi cina de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al Médico Cirujano Juan José María PIZARRO LADERAS, en el cargo de Jefe, Nivel F- 3, de la Ofi cina de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 823168-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de funcionario y profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ecuador para participar en reunión del Comité Ejecutivo de la CLAC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2012-MTC Lima, 04 de agosto de 2012 VISTOS: El documento CLAC 1.5.2.82/324 emitido por el Secretario de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil, el Memorándum No. 1894-2012-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, el Informe No. 314-2012-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante documento CLAC 1.5.2.82/324 emitido por el Secretario de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), se cursa invitación a la Dirección General de Aeronáutica Civil para participar en la “LXXXII Reunión del Comité Ejecutivo de la CLAC”, que se desarrollará del 07 al 08 de agosto de 2012, en la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador; Que, el citado evento tiene como objetivo mantener la presencia del Perú como Estado Miembro de la CLAC y participar en las discusiones, planifi cación y gestión de las medidas requeridas para la cooperación y coordinación de las actividades de aviación civil y para impulsar el desarrollo efi ciente, sostenible y seguro del transporte aéreo latinoamericano; Que, este evento se realiza en cumplimiento del Programa de Reuniones correspondiente al año 2012 aprobado por la XIX Asamblea Ordinaria de la CLAC, por cuanto entre las funciones principales de la CLAC está propiciar y apoyar la coordinación y cooperación entre los Estados de la Región para el desarrollo ordenado y la mejor utilización del transporte aéreo dentro, hacia y desde Latinoamérica, por lo que el Comité Ejecutivo celebra todas las reuniones que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones y como mínimo debe reunirse dos veces al año; Que, en tal sentido y dada la relevancia e importancia del citado evento para los objetivos y metas de la Dirección General de Aeronáutica Civil, resulta conveniente autorizar el viaje de los señores Ramón Gamarra Trujillo, Director General de Aeronáutica Civil y Roberto Carlos Arámbulo Juárez, profesional de la citada Dirección General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley Nº 29812, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. No. 011-07-2012, suscrita por el Director General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, la Ley No. 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Ramón Gamarra Trujillo, Director General de Aeronáutica Civil y Roberto Carlos Arámbulo Juárez, profesional de la citada Dirección General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, del 06 al 09 de agosto de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 011-07-2012 y al siguiente detalle: Pasajes (para dos personas, incluido el TUUA) US $ 1,235.99 Viáticos (para dos personas) US $ 1,200.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario y el profesional mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; los mencionados profesionales deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 823758-9