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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (06/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de agosto de 2012 471998 Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación de valuaciones comerciales de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo I: Km. 00+000 al Km. 50+000, ubicados en los distritos de San Juan Bautista, Carmen Alto y Chiara, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento acorde con el Decreto Supremo Nº 025- 2006-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones, y que, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco N° 037- 2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron con fecha 07 de mayo de 2010 el Convenio Específi co N° 18, para que se efectúe la valuación comercial de sesenta (60) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo I, localizados entre las progresivas Km. 0+200 y Km. 29+400, ubicados en los distritos de San Juan Bautista, Carmen Alto y Chiara, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, mediante el Ofi cio N° 1206-2010/VIVIENDA- VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remite a la Unidad Gerencial de Estudios, sesenta (60) Informes Técnicos de Tasación conteniendo las valuaciones comerciales de los predios afectados por la ejecución de la citada obra vial; Que, mediante el Memorándum N° 1869-2012- MTC/20.6 y los Informes N° 236-2011-MTC-20.6.3/DMMA y N° 141-2012-MTC-20.6.3/DMMA de la Unidad Gerencial de Estudios, se manifi esta lo siguiente: - De la revisión de los expedientes remitidos por la Dirección Nacional de Construcción, se ha determinado que diecinueve (19) expedientes de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo: Km. 00+000 - Km. 50+000, ubicados en los distritos de San Juan Bautista, Carmen Alto y Chiara, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, tienen acreditados a los titulares de los predios como propietarios con su derecho debidamente inscrito, por lo que corresponde que las valuaciones efectuadas sean aprobadas de conformidad con la Ley N° 27628, según anexo adjunto a dicho Informe en los que se detalla a los predios afectados. - La Resolución Directoral N° 035-2009-MTC/16 aprobó el Informe Final del Estudio de Impacto Ambiental a nivel defi nitivo de la Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo Km. 0+000 - 50+000. - Los predios valuados se encuentran comprendidos físicamente entre los Km. 0+200 al Km. 29+400, dentro de los límites de la ejecución de la obra Tramo: Km. 00+000 al Km. 50+000. Que, a través del Informe N° 129-2012-MTC/20.3 emitido por la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional, se encuentra procedente, en aplicación de la Ley N° 27628, efectuar el trámite para la aprobación de las valuaciones comerciales correspondientes a los diecinueve (19) predios cuyos Informes Técnicos de Tasación les ha sido remitido por la Unidad Gerencial de Estudios; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27628 y Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las valuaciones comerciales efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento contenidas en los Informes Técnicos de Tasación emitidos por dicha dependencia, correspondientes a diecinueve (19) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo I: Km. 00+000 al Km. 50+000, ubicados en los distritos de San Juan Bautista, Carmen Alto y Chiara, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACIÓN DE DIECINUEVE (19) PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO – ABANCAY, TRAMO 1 : KM. 0+000 – KM. 50+000”, UBICADOS EN LA PROVINCIA DE HUAMANGA, DEPARTAMENTO DE AYACUCHO N° CODIGO VALOR COMERCIAL US$ 1 56064 1 780,19 2 58032 9 675,91 3 58190 17 511,00 4 58193 8 103,10 5 58199 205,46 6 58207 323,85 7 58211 331,12 8 73003 294,91 9 73025 353,17 10 73027 530,23 11 73028 999,02 12 73076 1 758,30 13 73077 1 210,00 14 73078 498,72 15 73079 1 119,27 16 73122 20,09 17 73133 932,65 18 73136 1 854,24 19 74389 749,16 823413-1