Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2012 (14/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 14 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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politicas, planes, programas del IDEP, catalogacion de los mapas y datos territoriales de las entidades publicas integrantes del Sistema Nacional de Informatica, actividades, documentos, reuniones, acuerdos, eventos, entre otros. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

personas juridicas irregulares, la obligacion debe ser asumida por cualquier accionista o por el administrador quien finalmente es responsable por las obligaciones para con el Fondo. Es, tambien, obligacion del empleador, el comunicar al Fondo de Derechos Sociales del Artista, el inicio y cese de actividades de los trabajadores. Esta comunicacion debe realizarse en la declaracion mensual de aportes y/o contribuciones correspondientes al mes que se produce el inicio o cese de actividades. Entiendase la primera comunicacion de inicio de actividades, como inscripcion del beneficiario al Fondo". Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Cultura, Trabajo y Promocion del Empleo y Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

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Decreto Supremo que modifica el Articulo 27° del Reglamento de la Ley Nº 28131, Ley del Artista, Interprete y Ejecutante
DECRETO SUPREMO Nº 087-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28131, Ley del Artista, Interprete y Ejecutante, se regula el reconocimiento, la tutela, el ejercicio y la defensa de los derechos MORDAZA, patrimoniales, laborales y de seguridad social del artista, interprete y ejecutante, entre otros; Que, el Articulo 25° del Reglamento de la Ley N° 28131, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2004-PCM, senala que el Fondo de Derechos Sociales del Artista, que es de naturaleza privada y administrado por el Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, tiene por objeto abonar a sus afiliados, la remuneracion vacacional acumulada, la compensacion por tiempo de servicios y las gratificaciones por MORDAZA Patrias y Navidad; Que, de acuerdo al Articulo 40° de la citada Ley, "Para realizar la labor artistica bajo contrato laboral, previamente debe suscribirse contrato, cualquiera sea la duracion del servicio. En el contrato, entre otros, deben consignarse los siguientes datos: (...) b) Nombre del representante legal, domicilio del empleador y numero de su inscripcion en el Fondo de Derechos Sociales del Artista..."; Que, segun el Articulo 27° del Reglamento de la Ley N° 28131, "Toda persona que contrate con las personas senaladas en el articulo 4° de la Ley, debe inscribirse ante el Ente Administrador del Fondo de Derechos Sociales del Artista, dentro de los 10 (diez) dias calendarios siguientes al inicio de sus actividades..."; Que, de la lectura del Articulo 27° precitado, se observa que el mismo no estaria de acuerdo con lo normado por el Articulo 40° de la Ley Nº 28131, Ley del Artista, Interprete y Ejecutante, especificamente, en lo referente a la oportunidad en la que el empleador debe proceder a inscribirse ante el Ente Administrador del Fondo de Derechos Sociales del Artista, para contar con su numero de inscripcion, requisito previo para suscribir el contrato laboral y, por ende, para la realizacion de la labor artistica; Que, en tal sentido, a fin de salvaguardar los derechos sociales de los artistas, interpretes y ejecutantes, se ha visto por conveniente modificar el Articulo 27° del Reglamento de la Ley N° 28131, y; De conformidad con la Ley Nº 28131, Ley del Artista, Interprete y Ejecutante; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 0582004-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Articulo 27° del Reglamento de la Ley N° 28131 Modifiquese el Articulo 27° del Reglamento de la Ley N° 28131, el cual quedara redactado en los terminos siguientes: "Articulo 27°.- Inscripcion en el Fondo Todo aquel que desee contratar con las personas senaladas en el articulo 4 de la Ley, debe previamente inscribirse ante el Ente Administrador del Fondo de Derechos Sociales del Artista y contar con su numero de inscripcion para consignarlo en el contrato al que se refiere el articulo 40 de la Ley. Tratandose de

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Designan Presidenta del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, CONCYTEC
RESOLUCION SUPREMA Nº 259-2012-PCM
MORDAZA, 13 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, CONCYTEC; Que, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempenara el citado cargo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2012-PCM se dispuso la adscripcion del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, CONCYTEC, a la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el Texto Unico Ordenado de la Ley MORDAZA de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2007-ED y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA Orjeda MORDAZA, como Presidenta del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, CONCYTEC. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

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