Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2012 (25/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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Que el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1120 modifica el articulo 85º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004EF y normas modificatorias, respecto de la determinacion de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoria; y en ese sentido, la tercera disposicion complementaria final del citado decreto establece reglas especiales, tratandose de contribuyentes comprendidos en leyes promocionales, normas que seran de aplicacion para determinar los pagos a cuenta correspondientes al mes de agosto de 2012 en adelante; Que por su parte, la cuarta disposicion complementaria transitoria del citado decreto, dispone que por excepcion, la opcion de efectuar los pagos a cuenta por los meses de agosto a diciembre de 2012 de acuerdo con lo previsto en el acapite ii) del MORDAZA parrafo del aludido articulo 85º, se MORDAZA sobre la base de los resultados que arroje el estado de ganancias y perdidas al 30 de junio de 2012; Que por lo expuesto, resulta necesario aprobar una nueva version del PDT IGV ­ Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 a fin de que los contribuyentes comprendidos en el Regimen General del Impuesto a la Renta puedan efectuar la declaracion de sus pagos a cuenta de acuerdo a lo senalado lineas arriba; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y MORDAZA modificatoria, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello no es necesario, en la medida que su finalidad es aprobar una nueva version del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621, que se adecue a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1120, respecto de la determinacion de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoria; De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 88º del TUO del Codigo Tributario y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, el articulo 5º de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBACION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT IGV - RENTA MENSUAL, FORMULARIO VIRTUAL Nº 621 Apruebase el PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 ­ version 5.0. Articulo 2º.- OBTENCION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT IGV ­ RENTA MENSUAL, FORMULARIO VIRTUAL Nº 621 La nueva version del PDT IGV ­ Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621, aprobada mediante la presente resolucion, estara a disposicion de los interesados a partir del 1 de setiembre de 2012, en SUNAT Virtual. La SUNAT, a traves de sus dependencias, facilitara la obtencion del citado PDT. Articulo 3º.- USO DE LA NUEVA VERSION DEL PDT IGV - RENTA MENSUAL, FORMULARIO VIRTUAL Nº 621 El PDT IGV ­ Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 debera ser utilizado a partir del 1 de setiembre de 2012 cualquiera sea el mes al que correspondan las declaraciones, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias. Por periodos anteriores al mes de agosto de 2012 se podra hacer uso del PDT IGV ­ Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 ­ version 4.9 hasta el 31 de agosto de 2012, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 833013-1

Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT para participar en MORDAZA taller sobre MORDAZA empresas y fiscalizacion de los sectores financiero y construccion, a realizarse en Espana
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 194-2012/SUNAT MORDAZA, 24 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante carta de fecha 28 de junio de 2012, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administracion Tributaria y el Director General de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria de Espana, cursan invitacion a la SUNAT para participar en el MORDAZA ­ Taller sobre "Las MORDAZA empresas y la fiscalizacion de los sectores financiero y construccion", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 08 al 10 de octubre de 2012; Que el citado evento tiene como finalidad compartir experiencias e informacion referidas al control y fiscalizacion de las MORDAZA empresas de los sectores financiero y construccion; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, mediante correo electronico de fecha 30 de MORDAZA de 2012, la Secretaria Institucional, por encargo especial de la Superintendencia Nacional, puso en conocimiento de los organizadores la designacion del senor Fredy MORDAZA Llaque MORDAZA, Gerente de Fiscalizacion de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, para que participe en el referido evento en representacion de la institucion; Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.º 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la indicada Ley Nº 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del citado trabajador del 06 al 11 de octubre de 2012; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002PCM y modificado por Decreto Supremo N.º 029-2012EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Fredy MORDAZA Llaque MORDAZA, Gerente de Fiscalizacion de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, del 06 al 11 de octubre de 2012, para participar en el MORDAZA ­ Taller sobre "Las MORDAZA empresas y la

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