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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2012 473677 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 386-2012-DE/ Lima, 29 de agosto de 2012 Visto el Ofi cio N° 0671-2012/ENAMM/SG, cursado por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” de fecha 26 de junio de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Eduardo Alfonso Braulio Cochella Maldonado y del Capitán de Corbeta ADM. Renzo Drivack Gil Chau, Director y Jefe de la Ofi cina de Administración de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, contempla el establecimiento de canales directos de coordinación con la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo internacional de las Naciones Unidas especializado en asuntos marítimos, en relación a la aplicación del “Convenio Internacional para la formación, titulación y guardia para la gente de mar” – STCW, con el fi n de contribuir en la mejora del nivel profesional de los cadetes de dicha institución; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Eduardo Alfonso Braulio Cochella Maldonado y del Capitán de Corbeta ADM. Renzo Drivack Gil Chau, Director y Jefe de la Ofi cina de Administración de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 10 al 14 de setiembre de 2012; Que, el antes mencionado viaje en Comisión de Servicio se encuentra considerado en el Rubro 1.- Formación/Califi cación/Especialización, Ítem Nº 6 del Anexo 02 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal - 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012, y modifi cado con Resolución Suprema Nº 284-2012 DE del 21 de junio de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional para el Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora 008 (ENAMM), de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Eduardo Alfonso Braulio Cochella Maldonado, identifi cado con DNI 43497084 y CIP 00802281 y del Capitán de Corbeta ADM. Renzo Drivack Gil Chau, identifi cado con DNI 09854134 y CIP 00921336, Director y Jefe de la Ofi cina de Administración de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 10 al 14 de setiembre de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US $. 2,420.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 4,840.00 Viáticos: US $ 260.00 x 05 días x 02 personas = US$ 2,600.00 TOTAL: US$ 7,440.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los 15 días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros y Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 835157-3 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Argentina y Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 387-2012-DE/FAP Lima, 29 de agosto de 2012 Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 2168 de fecha 26 de abril de 2012 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-50- EMAI-Nº 0599 de fecha 25 de abril de 2012 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, la República Argentina y la República del Perú, mantienen una permanente e histórica relación de amistad, esto nos permite aprovechar el intercambio de ofi ciales para observar y aprender los adelantos que la Fuerza Aérea Argentina ha alcanzado en las ciencias aeronáuticas en los campos académico, doctrinario y tecnológico; Que, el “Intercambio de Conocimientos y Experiencias en el Empleo de Vehículos Aéreos No Tripulados” se acordó en el Acta suscrita en la “X Reunión de Coordinación de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea del Perú – 2011”; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la