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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2012 473688 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 589 782,00 PROYECTO 2.113110 : Construcción y Equipamiento del Centro de Salud Sesquicentenario- Callao GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 070 862,00 ------------------ SUBTOTAL 5 660 664,00 ========== PLIEGO 050503 : Municipalidad Distrital de Ayna ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROYECTO 2.139946 : Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva de Los Establecimientos que cumplen funciones Obstétricas y Neonatales de la Red San Francisco VRAE-DIRES Ayacucho, Distrito de Ayna - La Mar - Ayacucho GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 577 678,00 PLIEGO 200303 : Municipalidad Distrital de El Carmen de La Frontera ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROYECTO 2.056378 : Ampliación y Equipamiento del Establecimiento de Salud I-3 Sapalache, en el Distrito de Carmen de La Frontera, en La Provincia de Huancabamba - Región Piura GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 060 059,00 -------------------- TOTAL 9 298 381,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 835165-3 Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 del Ministerio de Educación a favor del Instituto Peruano del Deporte, para el financiamiento de proyecto de inversión de infraestructura deportiva DECRETO SUPREMO N° 168-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº COP-430/11 de fecha 27 de mayo de 2011, el Comité Olímpico Peruano informa que la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO), en Acta de Asamblea General del día 07 de febrero de 2011, aprobó la designación de la ciudad de Trujillo como sede de los XVII Juegos Bolivarianos 2013, y las ciudades de Lima y Chiclayo como subsedes; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2012-ED del 23 de enero del 2012, se declaró de Interés Nacional la organización en nuestro país de los siguientes eventos bolivarianos: “I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012”, con sede en la ciudad de Lima; “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, con sede en la ciudad de Trujillo y subsedes en las ciudades de Lima y Chiclayo y el “I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud 2015”, a realizarse en la ciudad de Lima; Que, la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, estableció una Comisión constituida por representantes del Instituto Peruano del Deporte, del Ministerio de Educación, de la Municipalidad Provincial de Trujillo, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, y de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que tenía por objeto la determinación de la infraestructura deportiva necesaria en las ciudades de Trujillo y Chiclayo elegidas como sedes de los XVII Juegos Bolivarianos 2013, lo que implica el mejoramiento de la infraestructura existente y el mantenimiento de la misma; asimismo, establece que la ejecución de la mencionada infraestructura deportiva está sujeta a las disposiciones legales vigentes, y al fi nanciamiento que se autorice en su oportunidad con cargo a los mayores ingresos en el Sector Público y/o con los recursos que pueda transferir el Ministerio de Educación mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a favor del pliego Municipalidad Provincial de Trujillo, el Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque y el Instituto Peruano del Deporte; Que, mediante el Ofi cio N° 995-2012-P/IPD e Informe N° 172-2012.OPP/IPD, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) solicita fi nanciamiento para la ejecución del proyecto de inversión pública denominado “Mejoramiento de los servicios deportivos en el Complejo Elías Aguirre, Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Región Lambayeque”, cuya realización resulta necesaria en el marco de los XVII Juegos Bolivarianos 2013, el mismo que ha sido determinado por la Comisión conformada de acuerdo a lo dispuesto en la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812 e incluido en el Acta del día 16 de febrero del 2012 y que cuenta con declaratoria de viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), hasta por la suma de S/. 29 975 052,00 (VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS