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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de agosto de 2012 473797 para que participen en el Curso “Técnico en Explosivos”, a realizarse en el Centro de Especialistas, Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Carlos Darío VÁSQUEZ Chancahuaña, CIP. 01006216, DNI. 43304925, y del Ofi cial de Mar 1° Ima. Alberto LEANDRO Quispe, CIP. 05999376, DNI. 43409962, para que participen en el Curso “Técnico en Explosivos”, a realizarse en el Centro de Especialistas, Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 31 de agosto al 23 de noviembre de 2012. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima-Montería (REPÚBLICA DE COLOMBIA)-Lima US$. 1,034.38 x 2 personas US$. 2,068.76 Pasajes Terrestres: Montería-Coveñas-Montería (REPÚBLICA DE COLOMBIA) US$. 50.00 x 2 (ida y vuelta) x 2 personas US$. 200.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 2,400.00 / 31 días (agosto) x 1 día US$. 77.42 US$. 2,400.00 x 2 meses (setiembre y octubre) US$. 4,800.00 US$. 2,400.00 / 30 días (noviembre) x 23 días US$. 1,840.00 US$. 2,200.00 / 31 días (agosto) x 1 día US$. 70.97 US$. 2,200.00 x 2 meses (setiembre y octubre) US$. 4,400.00 US$. 2,200.00 / 30 días (noviembre) x 23 días US$. 1,686.67 --------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 15,143.82 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6°.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros y encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 835167-13 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 400-2012-DE/MGP Lima, 30 de agosto de 2012 Visto, el Ofi cio N.1000-803 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 9 de abril de 2012; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2012, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Superior para que participe en el Curso Supervisor del Servicio de Tráfi co Marítimo, a realizarse en la ciudad de Río de la Plata, República Argentina, del 4 al 13 de setiembre de 2012; Que, la designación de UN (1) Ofi cial Superior para participar en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar y perfeccionar al Ofi cial participante en el manejo adiestrado y competente en las políticas y procedimientos actuales en cuanto al Control Naval de Tránsito Marítimo, aplicados en el ámbito del transporte marítimo; además de la base conceptual de los procedimientos para el desarrollo de los futuros Ejercicios Internacionales “TRANSOCEANIC” y “TRANSAMERICA”, jurisdicción de la Autoridad Marítima Nacional; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 2: Entrenamiento / Técnico / Pasantías, Ítem 37 del Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012, y conforme a la modifi cación aprobada con Resolución Suprema Nº 284-2012-DE, de fecha 21 de junio de 2012; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata SGC. José Antonio CHAVEZ Campodónico, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29812