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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (31/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de agosto de 2012 473793 AGRICULTURA Declaran concluido proceso de efectivización de transferencia de determinadas funciones específicas en materia agraria, al Gobierno Regional del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0291-2012-AG Lima, 17 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las funciones específi cas en materia agraria, que corresponde ejercer a los Gobiernos Regionales, las mismas que se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia; Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 038-2004- PCM; 052-2005-PCM; 021-2006-PCM; 076-2006-PCM y 036-2007-PCM, se aprobaron los “Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2004, 2005, 2006 y 2007, los que en conjunto incluyen las dieciséis (16) funciones específi cas en materia agraria (“a”, “b”, “c”, “d”, “e”, “f”, “g”, “h”, “i”, “j”, “k”, “l”, “m”, “o”, “p” y “q”, del artículo 51º de la Ley Nº 27867) a ser transferidas a los Gobiernos Regionales, previo cumplimiento de los requisitos generales y específi cos para acreditar y consecuentemente acceder a las funciones sectoriales, conforme a los previsto por la Ley Nº 28373, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, así como los lineamientos para la simplifi cación del procedimiento de transferencias; Que, por Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 041-2007-PCM/SD, se comunicó los resultados de ciclo del Proceso de Acreditación de los Gobiernos Regionales correspondientes al Plan Anual de Transferencia 2005, señalando entre otros, que el Gobierno Regional del departamento de Ayacucho, ha cumplido con el proceso de acreditación sobre las funciones en materia agraria, consignadas en los literales “e” y “q”, del artículo 51º de la Ley Nº 27867; Que, por Resolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005, se aprobó la Directiva Nº 002-CND-P-2005, que señala el procedimiento para efectivizar la transferencia de funciones específi cas de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, incluidas en los Planes Anuales de Transferencias, puntualizándose que los sectores son responsables de dictar las Resoluciones Ministeriales y las normas pertinentes, necesarias para formalizar la transferencia del personal, bienes y acervo documentario vinculados a las funciones sectoriales; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 70-2007- GRA/PRES, el Gobierno Regional del departamento de Ayacucho, conformó su respectiva Comisión Regional de Transferencia, por su parte el Ministerio de Agricultura a través de la Resolución Ministerial Nº 0280-2009- AG, reestructuró la conformación de su Comisión de Transferencia Sectorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007- AG, se aprobó la transferencia de las facultades que corresponden a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por parte del Instituto Nacional de Recursos Naturales, INRENA, a los Gobiernos Regionales que suscriban el Acta de Entrega y Recepción, los mismos que deberán adecuarse a sus instrumentos institucionales y de gestión a fi n de ejercer las funciones especifi cas transferidas, debiendo el INRENA continuar prestando los servicios relacionados a las mismas, en tanto culmine su adecuación; Que, el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, establece que, los procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales deben incluirse en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional al que pertenecen, el que deberá considerar los procedimientos y denominación, según la relación que apruebe cada Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobó la fusión por absorción del Instituto Nacional de Recursos Naturales, INRENA, en el Ministerio de Agricultura, siendo éste último el ente absorbente y el que ejerce las funciones otorgadas por la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, al que fue el INRENA, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 29376; Que, por Resolución Ministerial Nº 499-2009-AG, se aprobaron la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura, relacionadas a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Nº 27867; Que, por Ordenanza Regional Nº 022-2010-GRA/CR, se aprobó los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Agraria de Ayacucho, incorporando los procedimientos correspondientes a las funciones específi cas, citadas en el considerando precedente; Que, mediante Memorándum Nº 861-2011-AG- DGFFS(DPFFS), de fecha 10 de junio de 2011, el Director General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, remite el Informe Técnico Nº 056-2011-AG- DGFFS(DPFFS), que contiene opinión técnica favorable, en el sentido de que el Gobierno Regional del departamento de Ayacucho ha cumplido con adecuar su TUPA, como parte de sus instrumentos de gestión; Que, con Ofi cio Nº 970-2011-MINAG-OAER/DG, de fecha 14 de noviembre de 2011 e Informe Nº 041-2010- AG-OAER/DG, el Director de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional, concluye que el Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional del departamento de Ayacucho suscribieron la documentación del proceso de efectivización de las funciones específi cas de los literales “e” y “q” de la Ley Nº 27867; Que, asimismo, señala que el citado Gobierno Regional cumplió con lo establecido por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, referido a la adecuación de sus instrumentos institucionales y de gestión para ejercer las funciones a ser transferidas; Que, en ese sentido, la Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, mediante Ofi cio Nº 950-2012-AG-DGFFS (DPFFS), de fecha 31 de julio de 2012, hace de conocimiento que realizó las respectivas coordinaciones con la Ofi cina de Administración, para que el corte de ejecución presupuestal y de gestión administrativa del Ministerio de Agricultura, coincida con la conclusión de la prestación de servicios; De conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar concluido el proceso de efectivización de transferencia en materia agraria de las funciones específi cas, consignadas en los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, al Gobierno Regional del departamento de Ayacucho, consideradas en el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales, conforme el cuadro de facultades recibidas por los Gobiernos Regionales y las retenidas por el Ministerio de agricultura, que en Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Autorizar a la Ofi cina de Administración y a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura a efectuar las acciones administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura