Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2012 (31/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 061-2012-MTC/15.03. A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehiculos autorizados mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 3633-2010-MTC/15, 2541-2011-MTC/15, 3383-2011-MTC/15 y 329-2012-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

834252-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban independizacion y adjudicacion en venta directa de area de terreno ubicado en el distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 027-2012/SBN-DGPE-SDDI
San MORDAZA, 27 de agosto de 2012 Visto, el Expediente Nº 029-2012/SBNSDDI, que contiene la solicitud de adjudicacion en venta directa por causal de posesion, formulada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de MORDAZA del predio del Estado de 170,07 m2, ubicado frente a la antigua Carretera Panamericana Sur, del distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y,

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, por el cual se adscribe a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es propietario de un predio ubicado frente a la Carretera Panamericana Sur, distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que tiene un area de 170,07 m2, que forma parte de un predio en mayor extension inscrito en la Partida Nº 12739434 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX Sede Lima-Oficina Registral MORDAZA, con Registro SINABIP Nº 17337 correspondiente al Libro de Lima; Que, mediante escritos ingresados a esta Superintendencia, con fecha 08 de junio de 2012 y 06 de MORDAZA de 2012, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de MORDAZA, solicitaron la adjudicacion en venta directa por causal d) y e), del predio indicado en el MORDAZA considerando, por encontrarse en posesion del mismo con anterioridad al 25 de noviembre de 2010; Que, mediante Informe Nº 0193-2012/SBN-DGPESDDI, de fecha 05 de MORDAZA de 2012 e Informe Ampliatorio Nº 199-2012/SBN-DGPE-SDDI fecha 11 de MORDAZA de 2012, con la conformidad de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, se considero factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa por causal establecida en el literal d) "Cuya posesion no cumpla con las condiciones indicadas en el literal precedente, pero se ejercite efectivamente en el predio actividad posesoria, encontrandose el area delimitada en su totalidad por obra civil de caracter permanente de tal forma que restrinja el acceso de manera efectiva de terceros distintos a quien ejerce su posesion y se cuente con los documentos que acrediten indubitablemente que el solicitante viene ejerciendo la proteccion, custodia y conservacion del area para si, con un antiguedad mayor a cinco (5) anos cumplida al 25 de noviembre de 2010, siempre que no se encuentre comprendido en otros supuestos de compra venta regulada por normas especiales de competencia de otras entidades" y el literal e) "Cuando la dimension de la totalidad del predio sea inferior a la del lote normativo previsto en el Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios o en el Certificado de Zonificacion y Vias vigente, en cuyo caso la venta procedera a favor de cualquiera de los propietarios colindantes", del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2012VIVIENDA, a favor de los senores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de Correa; Que, el articulo 75.2º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, es funcion de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN; Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2012, la empresa Ingenieria MORDAZA EIRL, remitio el informe de valuacion comercial de fecha 19 de MORDAZA de 2012, del predio que nos ocupa,

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