Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2012 (31/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2012

estableciendo un valor de US$ 36,129.67 (Treinta y seis mil ciento veintinueve con 67/100 Dolares Americanos); Que, a traves del escrito s/n de fecha 25 de MORDAZA de 2012, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de MORDAZA, manifestaron su aceptacion expresa respecto al valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA y numeral 3.10 de la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad" aprobada por Resolucion Nº 020-2011/SBN, se publico con fecha 01 de agosto de 2012, en el Diario Oficial El Peruano y el Diario La Razon, asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, los avisos que publicitan la venta directa con el precio a valor comercial del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que los terceros que se consideren afectados en algun derecho real que tuvieran sobre el predio materia de venta, pudieran formular oposicion debidamente sustentada, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion; Que, mediante Memorandum Nº 478-2012/SBN-SGUTD, de fecha 17 de agosto de 2012, la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia informa que no se han presentado oposiciones al aviso publicado en los diarios referidos en el considerando anterior; Que, mediante el Informe Tecnico Legal Nº 00392012/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 22 de agosto de 2012, la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario opina favorablemente por la adjudicacion en venta directa por causal del citado predio a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de MORDAZA, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en los literales d) y e) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 013-2012VIVIENDA; Que, mediante Memorandum Nº 454-2012/SBN-PP, de fecha 22 de agosto del 2012, la Oficina de Procuraduria Publica, informa que no existen procesos judiciales, sobre el predio materia de venta; Que, mediante Memorandum Nº 9231-2011/SBNOAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, ratificado mediante Memorandum Nº 9503-2011/SBN-OAJ, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion respecto a que las funciones y competencias materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos del Estado continuan bajo competencia de la SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestion administrativa de dichos predios y sobre todo debido a que no puede existir vacio legal en materia de competencias; Que, mediante Memorandum Nº 9259-2011/SBN-SG, de fecha 21 de MORDAZA de 2011, ratificado con Proveido Nº 5302011/SBN-SG, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Secretaria General de esta Superintendencia dispone que la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal y sus respectivas areas continuen ejerciendo las funciones asignadas conforme a la interpretacion realizada en el documento del parrafo anterior; Que, mediante Memorandum Nº 10363-2011/SBNDGPE, de fecha 16 de agosto de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal, en su condicion de superior jerarquico de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario y organo de linea de ambito nacional encargado de planificar, dirigir, coordinar y controlar la adecuada administracion de los bienes estatales a cargo de la SBN, tambien ha ratificado la competencia de esta Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario para seguir ejecutando las funciones de su competencia hasta el momento en que se efectivice las transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Memorandum Nº 1020-2012/SBNDGPE, de fecha 22 de agosto de 2012, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 367-2012/SBN-OAJ, de fecha 24 de agosto de 2012, la Oficina de Asesoria Juridica senala que encuentra conforme el tramite de la venta por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 0085-2012/SBN, de fecha 24 de agosto de 2012, la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la venta

por causal del predio submateria, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y su modificatoria aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva Nº 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Independizacion de un area 170.07 m2, el cual forma parte del predio de mayor extension de propiedad del Estado ubicado en el distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12739434 del Registro de Predios de la Oficina Registral MORDAZA, segun informacion contenida en el Plano Nº 0512-2012-SBN-DGPE-SDDI, para lo cual se debera abrir una nueva partida registral, quedando el area remanente de 23.32 m2 segun informacion contenida en el Plano Nº 0513-2012-SBN-DGPE-SDDI. Articulo 2º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de posesion, establecidas en los literales d) y e) del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, del predio a independizar, a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de Correa. Articulo 3º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de US$ 36,129.67 (Treinta y seis mil ciento veintinueve con 67/100 Dolares Americanos), conforme a la valorizacion efectuada por la empresa Ingenieria MORDAZA EIRL, precio que debe ser cancelado en un plazo de treinta (30) dias habiles, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 5º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en representacion del Estado, otorgara la respectiva Escritura Publica de transferencia a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mariella MORDAZA Balbi Scarneo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Araoz de MORDAZA, una vez cancelado el precio de venta del predio. Articulo 6º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira, la venta directa de propiedad a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario

834879-1

ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Declaran fundado en parte recurso de reconsideracion interpuesto por SEDAPAL S.A. contra la Res. Nº 0202012-SUNASS-CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 038-2012-SUNASS-CD
MORDAZA, 29 de agosto de 2012

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