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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480199 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban Transferencias Financieras de Recursos a favor de diversas unidades ejecutoras y municipalidades RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 284-2012-INDECI 12 de octubre de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nº 427-2012-GR PUNO/P de fecha 24.MAR.2012, Nº 513-2012-GRP/P de fecha 12.ABR.2012 y Nº 1025-2012-GR PUNO/P de fecha 06.JUL.2012 del Gobierno Regional de Puno, el Informe Técnico Nº 043- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 10.AGO.2012, el Informe Técnico Nº 043-2012-INDECI/14.0 del 13.AGO.2012, y el Memorándum Nº 676-2012-INDECI/14.0 del 12.OCT.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el año fi scal 2012, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Puno remitió tres (03) Fichas Técnicas de Actividades de Emergencia, referidas a la solicitud para la recuperación de los niveles nutricionales y productivos de las especies bovina, ovino y alpaca en las comunidades campesinas, parcialidades y sectores de la Provincia de Chucuito como consecuencia de las torrenciales precipitaciones pluviales acompañadas de heladas y granizadas que causaron desbordes de los ríos, provocando enfermedades infecto contagiosas como neumonías, broncopulmonares, estos fenómenos climatológicos se presentaron durante los días 05,06 y 07 de Marzo del 2012; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 043- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de los daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución, según señalan en las fi chas técnicas, a consecuencia de los fenómenos climáticos presentados como las precipitaciones pluviales, heladas y granizadas causaron la afectación del ganado alpacas, ovinos y bovinos, provocando la presencia de enfermedades infecto contagiosas, teniéndose en algunos casos la mortandad de alpacas gestantes, tuis y crías, motivo por el cual proponen recuperar los niveles nutricionales y productivos de dichas especies mediante la adquisición de alimentos y productos veterinarios; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 043-2012- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó tres (03) Fichas Técnicas formuladas por el Gobierno Regional Puno, hasta por la suma de S/. 1 141 221,00 (UN MILLON CIENTO CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la UE 100 Agricultura Puno, Provincia de Chucuito del Departamento de Puno, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 198-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 9 124 248,00 (NUEVE MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la UE 100 Agricultura Puno, Provincia de Chucuito del Departamento de Puno; De conformidad con la Ley Nº 29813 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01; Con la visación de la Sub Jefatura, de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, Planifi cación y Presupuesto, Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por