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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480197 DOHME PERU S.R.L., precisando que los pasajes aéreos serán en tarifa económica; Que, la inspección para la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL), se realizará del 10 al 14 de diciembre de 2012, sin embargo dado que el Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD., se encuentra ubicado en el Continente Asiático, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisición de pasajes en tarifa económica, viáticos para 5 días y 2 días para gastos de instalación para dos personas; Que, mediante Informe Nº 229-2012-ECN-ODRH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto de la autorización del viaje de las Químicos Farmacéuticos Rosa Hortensia RIVERA HUAYTALLA y Betty Dany LLANA GAGLIUFFI, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, para que realicen la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) del Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD.; Que, en tal sentido considerando que la Empresa MERCK SHARP & DOHME PERU S.R.L., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL), a la que hace referencia la Ley N° 29459 – Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD., ubicado en la ciudad de Hwasung-Si, República de Corea del Sur; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las Químicos Farmacéuticos Rosa Hortensia RIVERA HUAYTALLA y Betty Dany LLANA GAGLIUFFI, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Hwasung-Si, República de Corea del Sur, del 7 al 16 de diciembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica : $ 7,636.00 (incluido TUUA c/u $ 3,818.00 para 2 personas) - Viáticos x 7 días (c/u $ 1,820.00 para 2 : $ 3,640.00 personas) ---------------- Total : $. 11,276.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posterior a su retorno las profesionales citadas en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema deberán presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a la que acudirán y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 875566-11 Sustituyen anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/ DGE-V.01, que establece la Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, aprobada por R.M. N° 506- 2012/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL 948-2012/MINSA Lima, 29 de noviembre del 2012 Visto el Expediente N° 12-090566-001, que contiene los memorandos N° 1552 y 1819-2012-DGE-DVE-DSVSP/ MINSA de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 506- 2012/MINSA, de fecha 18 de junio de 2012, fue aprobada la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE- V.01, que establece la Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública; Que, el artículo 57° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, dispone como función principal, entre otras, de la Dirección General de Epidemiología diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional; Que, siendo la tuberculosis una enfermedad transmisible extendida en el país y con gran impacto en la salud pública, es necesario considerar a la tuberculosis como una enfermedad sujeta a vigilancia epidemiológica y de notifi cación obligatoria en el país; Que, conforme se desprende de los documentos de Visto, el Director General de Epidemiología del Ministerio de Salud, solicita la actualización de los anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que establece la Notifi cación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública; Que, estando a que la actualización solicitada no altera lo esencial del contenido ni el sentido de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01 aprobada con Resolución Ministerial N° 506-2012/MINSA, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Sustituir los anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que establece la Notifi cación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, aprobada con Resolución Ministerial N° 506-2012/MINSA, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La Dirección General de Epidemiología deberá realizar la difusión y seguimiento en el ámbito nacional de los anexos sustituidos por el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge-normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 875473-1