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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (12/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2012 480643 órganos dependientes, en los casos expresamente establecidos (…)” Artículo 2º.- MODIFICAR el procedimiento Nº 11.02 contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza Nº 134-MDMM y sus modifi catorias; correspondiente a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, conforme el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- INCORPORAR a la Ordenanza Nº 024- MDMM y sus modifi catorias, las infracciones y sanciones detalladas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- MODIFICAR las infracciones y sanciones de la Ordenanza Nº 024-MDMM y sus modifi catorias, detalladas en el Anexo III que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Única.- En concordancia al nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Clasifi cador de Cargos y demás documentos de gestión aprobados mediante Ordenanza Nº 523-MDMM, entiéndase que la denominación o alusión que se haga en las demás disposiciones de la Ordenanza 182-MDMM y modifi catorias, referidas al cargo funcional de “Jefe de Departamento” y unidad orgánica de “Departamento”, se entenderán que corresponden a “Sub Gerente” y “Sub Gerencia”, respectivamente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispóngase que los Procedimientos Administrativos Sancionadores que cuenten con Resolución de Sanción a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, continuarán hasta su culminación bajo las normas y competencias vigentes al momento de iniciados. Segunda.- Los Procedimientos Administrativos Sancionadores iniciados, que no cuenten con Resolución de Sanción a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se adecuarán a lo señalado en la presente norma. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ADECÚESE toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de las disposiciones contempladas en la presente Ordenanza a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Policía Municipal, Sub Gerencia de Sanciones y demás unidades orgánicas de la municipalidad, de acuerdo a sus competencias. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza y sus Anexos I, II y III en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe conforme a ley. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 877140-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 228-MDSJL que aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA Nº 245 San Juan de Lurigancho,23 de octubre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto, en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Memorándum Nº 1198-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 440-2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 330-2012- GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el Art. II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma indicada, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas Municipales; asimismo las Ordenanzas expedidas por la Municipalidades Distritales en materia tributaria deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia; teniendo además en cuenta y a fi n de facilitar su administración y garantizar una efi caz distribución entre los contribuyentes de acuerdo a los criterios establecidos en las Sentencias del Tribunal Constitucional, recaídos en los expedientes Nº 0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC; Que, mediante Ordenanza Nº 241/MDSJL publicada en el diario ofi cial El Peruano el 18 de Octubre de 2012 dispone la Prórroga para el Ejercicio 2013 la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL, ratifi cada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 421-2012/MML, que aprueba los costos por Servicio de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales año 2012; Que, la Ordenanza Nº 241/MDSJL que Prorroga para el Ejercicio 2013 la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL, ratifi cada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 421-2012/MML, que aprueba los costos por Servicio de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales año 2012, en su artículo segundo señala que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; frente a ello la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 330-2012-GR/ MDSJL propone la modifi cación de los artículos primero y segundo de la Ordenanza a fín de compatibilizar con las normas pertinentes en la materia; Estando al Informe Nº 440 -2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 330-2012- GR/MSJL de la Gerencia de Rentas; y de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9° y por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo y dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta, se