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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2012 480638 bajo responsabilidad y con oportunidad opinión técnica o legal, según su competencia sobre los Proyectos de Acuerdo y Ordenanza Regional, cuando sean requeridos por el Consejo Regional del modo y forma establecido en su reglamento interno vigente. Sexta.- Constituir como órgano funcional a la Unidad de Relaciones Interregionales - URI del Gobierno Regional de La Libertad, en la condición de adscrito a la Presidencia Regional. Su organización y funcionamiento se regulará por su propio reglamento interno. Artículo Segundo.- EXCLUIR las disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GRLl/CR, que se indican a continuación, quedando subsistente lo demás del texto normativo que corresponda. A. La función h) señalada en el Artículo 35° B. En materia de micro y pequeña empresa, Las funciones i) y j), señalada en el Artículo 70° C. Al Centro de Apoyo y Fomento a la Pequeña Empresa Industrial de Trujillo (PROIND - TRUJILLO como unidad orgánica estructurada de la Gerencia Regional de la Producción, señalado en el Artículo 71°, quedando subsistente lo demás. D. Las funciones m), o), p), r), y s) señaladas en el Art. 97°. Artículo Tercero.- DEJAR SUBSISTENTE o vigente las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF Institucional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GRLl/CR que no se opongan a los Artículos precedentes. Artículo Cuarto.- MODIFICAR el Organigrama Estructural del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008- 2011-GRLl/CR, quedando vigente el que se adjunta al presente en el Anexo A y forma parte de la presente norma regional. Artículo Quinto.- DISPONER al Gobierno Regional de La Libertad, la correcta implementación y consiguiente aplicación y cumplimiento de la presente norma. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, y Acondicionamiento Territorial, la adecuación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), vigente en el plazo máximo de Quince (15) días hábiles de notificada la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano” y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La libertad. Comuníquese al Señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil doce. AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 10 DIC. 2012 JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional