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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2012 480644 aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 241 QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2013, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 228-MDSJL, RATIFICADA CON ACUERDO DE CONCEJO METROPOLITANO Nº 421-2012/MML, QUE APRUEBA EL COSTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Primero.- Modifíquese los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 241/MDSJL, con los siguientes textos: “Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2013 la vigencia de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 228/MSJL ratifi cada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 421-2012/ MML, que fi ja en S/. 2.10 (Dos y 10/100 nuevos soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y Determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incluida su distribución a domicilio. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el 1 de enero del año 2013 previa publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 876500-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Ordenanza que incentiva la promoción de la inversión privada en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao para el impulso y desarrollo de la actividad comercial y turística ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2012 Callao, 3 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada el 29 de noviembre de 2012, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE INCENTIVA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN LA JURISDICCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO PARA EL IMPULSO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL Y TURÍSTICA Artículo 1.- El objeto de la presente Ordenanza Municipal es incentivar la promoción de la inversión privada y la formalización del comercio en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao e impulsar las actividades comerciales y de servicio de la localidad. Artículo 2.- Exonerar del cincuenta por ciento (50%) del pago de la tasa por derecho de Licencia de Funcionamiento establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Corporación Edil, a los conductores (personas naturales) de locales comerciales ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, que desarrollen actividades económicas de comercio al por menor y de servicio en el área habilitada dentro de la vivienda – casa habitación, con un área de hasta cincuenta metros cuadrados (50.00 m2) y que inicien su trámite durante el período de vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Exonerar del cincuenta por ciento (50%) del pago de la Tasa por Derecho de Autorización para la Instalación de Anuncios y Toldos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Corporación Edil, a los conductores (personas naturales) de locales comerciales ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, que desarrollen actividades económicas de comercio al por menor y de servicio en el área habilitada dentro de la vivienda – casa habitación y que inicien su trámite durante el período de vigencia de la presente Ordenanza, acogiéndose a los alcances de la presente Ordenanza, siempre que los anuncios y toldos sean menores a los doce metros cuadrados (12.00m2), estén adosados a la pared del establecimiento promocionando el negocio aperturado y no sean estructuras especiales. Artículo 4.- Se incluye dentro de los alcances de la presente Ordenanza a las personas naturales, propietarios y/o conductores de los predios que desarrollen las siguientes actividades económicas de comercio al por menor y de servicio: - Ofi cina administrativa sin atención al público, ni anuncios publicitarios y/o para fi jar domicilio fi scal o que desarrollen el ejercicio profesional individual. - Consultorios médicos que desarrollen el ejercicio profesional individual. - Servicio de computación, tipeos, fotocopias, cabinas de internet, locutorio, estudio fotográfi co. - Bodega, bazar, boutique, librería, peluquería, sastrería, venta de ropa, calzado, alquiler de disfraces. - Venta de productos naturistas, artesanales, lácteos, fl orería, venta de verduras, frutas. - Restaurante, fuente de soda, juguería, dulcería, pastelería, alquiler de toldos, sillas, menaje. - Farmacia, botica, control de presión arterial e inyectables. - Centro de estimulación temprana. - Entre otras actividades económicas afi nes o complementarias a las indicadas, siempre que sean al por menor y de servicio en menor escala. Artículo 5.- Las solicitudes de Licencia de Funcionamiento – FUT, acogidas a la presente Ordenanza serán aceptadas siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Comuna, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 012-2012 y la Ordenanza Municipal Nº 000010-2008, que aprueba las Normas Técnicas Administrativas para la ubicación de anuncios publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 6.- Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas y disposiciones para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.