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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2012 480645 Artículo 7.- La vigencia de la presente Ordenanza es de noventa (90) días calendario, que regirán a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. RAFAEL A. URBINA RIVERA Teniente Alcalde Encargado del despacho de Alcaldía 876621-1 Modifican fecha de sorteo de vehículo y electrodomésticos aprobado por Ordenanza Nº 008-2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 18-2012-MPC-AL Callao, 10 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2012, de fecha 8 de junio del 2012, se aprueba un régimen de benefi cios que incentiva el pago de deudas tributarias y no tributarias que comprenden el Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Multas Administrativas y Fraccionamiento tributarios y/o administrativos, cualquiera que sea su estado de cobranza; Que, la Primera Disposición Final y Complementaria de la citada Ordenanza Municipal, establece que los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus tributos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, adquirirán la condición de Chalaco VIP y podrán participar en el sorteo de un vehículo 0 Km y electrodomésticos, el mismo que se realizará el día viernes 21 de diciembre del presente año, con las condiciones a establecerse en su oportunidad; Que, la cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 008-2012, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de dicha Ordenanza, así como para disponer la prórroga correspondiente; Que, se ha verifi cado que existe un considerable número de contribuyentes con la intención de acogerse a los benefi cios otorgados mediante la Ordenanza Municipal N° 008-2012, los mismos que podrán participar del sorteo que realizará esta Corporación Edil, por lo que resulta conveniente variar la fecha del sorteo del vehículo 0 Km y electrodomésticos, programado para el día 21 de diciembre del 2012 para el día 07 de enero del 2013, a fi n de poder benefi ciar a un mayor número de vecinos que de manera voluntaria desean regularizar sus deudas ante esta Administración; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Modifi car, la fecha del sorteo del vehículo 0 Km y electrodomésticos entre los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus tributos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aprobado por Ordenanza Municipal N° 008-2012, para el día 7 de enero del 2013. Artículo 2.- Encargar, a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 876983-1 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Amplían plazo para acogerse a incentivos al pago de obligaciones tributarias y no tributarias, aprobados mediante Ordenanza N° 015-2012- CDB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2012-MDB-AL Bellavista, 30 de noviembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico; Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú en su segundo párrafo se señala que “Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confi scatorio”; Que, dicha potestad es reconocida en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, en su segundo párrafo, se señala que “Mediante ordenanzas se crean modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”; Que, con fecha 12 de octubre del ejercicio fi scal 2012, se publicó en el diario ofi cial “El Peruano” la Ordenanza Municipal 015-2012-CDB de fecha 04 de octubre del mismo ejercicio fi scal, mediante la cual se aprobaron incentivos al pago al contado por regularización de obligaciones tributarias y no tributarias por aniversario del distrito; Que, esta gestión tiene como fi n máximo dar una buena calidad de vida a los vecinos de esta institución edil, así apreciando que existe una gran necesidad de ampliar la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-CDB antes mencionada, es meritorio considerar ampliarla en el extremo de su plazo de vigencia y plazo para el acogimiento, hasta el 31 de diciembre del presente ejercicio fi scal; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-