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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (12/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2012 480630 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Fondo MIVIVIENDA S.A., para que se opine favorablemente sobre la emisión de Bonos Corporativos denominados “Senior Notes” en el mercado internacional bajo la Rule 144A y la Regulation S del U.S. Securities Act of 1933 y/o en el mercado local en el marco de la Ley del Mercado de Valores, por un monto de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, en Sesión de Directorio del Fondo MIVIVIENDA S.A. celebrada el 17 de agosto de 2012, se aprobó la primera emisión de Bonos Corporativos a colocarse en el mercado internacional hasta por un monto de US$ 500 000 000.00 (quinientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) y, posteriormente en sesión de Directorio celebrada el 09 de noviembre de 2012, se aprobó la ampliación en el monto de la emisión hasta por US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), que diera lugar a los bonos denominados “Senior Notes”; Que, en Sesión de Directorio celebrada el 16 de noviembre de 2012, se dispone la precisión de los términos de aprobación dispuestos en la segunda acta, al mencionarse que el aludido programa de emisión podrá ser efectuado también en moneda nacional y en el mercado local; Que, en la primera de las Sesiones de Directorio señaladas anteriormente, se delegó al Gerente General las facultades para gestionar la implementación del acuerdo dentro del marco de la Emisión de Instrumentos Representativos de Deuda por el monto total antes mencionado; Que, el Fondo MIVIVIENDA ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Fondo MIVIVIENDA S.A. realice la emisión de Bonos Corporativos denominados “Senior Notes” en el mercado internacional bajo la Rule 144A y la Regulation S del U.S. Securities Act of 1933 y/o en el mercado local en el marco de la Ley del Mercado de Valores, hasta por un monto máximo de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 876370-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Puno y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 8968-2012 Lima, 3 de diciembre de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, para que se le autorice la apertura de una (01) Ofi cina Especial ubicada en el departamento de Puno; y, CONSIDERANDO; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de las citadas ofi cinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBSN° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de una (01) Ofi cina Especial, ubicada en la Plaza 28 de Julio N° 300 y 302 esquina con Jr. Arequipa N° 101, 102 y 103, distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 876596-1 RESOLUCIÓN SBS N° 8973-2012 Lima, 3 de diciembre de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, para que se le autorice la apertura de una (01) ofi cina, en la modalidad de Agencia ubicada en el departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la citada ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009;