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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de enero de 2012 458508 Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad, con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar con efi cacia anticipada al 30 de diciembre de 2011, la renuncia formulada por la señora Patricia Gabriela Valdivia Huaringa, como Jefa de la Unidad de Estadística Educativa de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar las funciones de Jefe de la Unidad de Estadística Educativa de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación al señor Jhonny Agustín Florián Linares, en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 736226-2 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificaciones de Contratos de Concesión Nºs. 367-2011 y 201-2002, suscritos con Energía Eólica S.A. y CORMIPESA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2012-EM Lima, 3 de enero de 2012 VISTO: El Expediente N° 17266310, organizado por Energía Eólica S.A., sobre concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica Talara, y la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión Nº 367-2011; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 033-2011- EM, publicada el 27 de abril de 2011, se otorgó a favor de Energía Eólica S.A. concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Eólica Talara, con una capacidad instalada de 30 MW, aprobándose el Contrato de Concesión N° 367-2011; Que, con fecha 28 de setiembre de 2011, mediante el documento con registro de ingreso N° 2130600, Energía Eólica S.A. solicitó la primera modifi cación del referido Contrato de Concesión para prorrogar la construcción de la Central Eólica Talara, y de esta forma concluir las obras y poner en operación comercial el 20 de junio del año 2013; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 380-2011- MEM/DM de fecha 23 de agosto de 2011, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el texto de la Minuta que contiene la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) correspondiente al proyecto Central Eólica Talara, donde se encuentra incluida la modifi cación del Cronograma de Ejecución de Obras; Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe N° 278-2011-DGE-DCE, corresponde aprobar la primera modifi cación del Contrato de Concesión N° 367-2011 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53° y el artículo 54° del citado Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 367-2011, en los aspectos referidos a modifi car la Cláusula Séptima y el Anexo N° 04, relativo a la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Eólica Talara, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 367-2011, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 367-2011. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 736714-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2012-EM Lima, 3 de enero de 2012 VISTO: El Expediente N° 11119402, organizado por Corporación Minera del Perú S.A.-CORMIPESA, sobre concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Centauro I-III; y la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión N° 201-2002; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 037-2002- EM, publicada el 22 de setiembre de 2002, se otorgó a favor de Corporación Minera del Perú S.A.-CORMIPESA concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central