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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2012 (04/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de enero de 2012 458516 De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Médico Cirujano Luis Fernando Chunga Ticse, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Artículo 2°.- Designar al Médico Cirujano Segundo Rogelio Cruz Bejarano, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 736599-1 Designan Director General de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2012/MINSA Lima, 3 de enero del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 945- 2011/MINSA, del 27 de diciembre de 2011, se aceptó la renuncia del médico cirujano Julio Andrés Segura Pérez al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud; Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud, encontrándose vacante el mencionado cargo de confi anza, resulta conveniente designar en dicho cargo al profesional propuesto; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276, el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano Bruno Fernando Ciriani Anchorena en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 736599-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector privado y público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2011-TR Lima, 30 de diciembre de 2011 VISTOS: El Informe Nro. 36-DVMPEMPE/TP-DP, de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; los Memorandos Nros.1886 y 1941-2011-DVMPEMPE/ TP-OPPM de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando Nro. 631- 2011-DVMPEMPE/TP/UATEP del Jefe de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos, el Informe Nro. 457-2011-DVMPEMPE/TP-UAL de la Jefa de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio Nro. 719-2011-DVMPEMPE-TP/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (en adelante el Programa), es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, por Decreto Supremo N° 012-2011-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 - Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisiciones de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicable al Programa “Construyendo Perú”, continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa, precisándose de igual modo, en la Tercera Disposición Final Complementaria y Transitoria que, en tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa “Construyendo Perú” se continuarán ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demás documentos; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 058-2011 se autorizó un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, hasta por la suma de S/.115 366 312.00 (Ciento quince millones trescientos sesenta y seis mil trescientos doce y 00/100 nuevos soles) a favor del pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de los cuales S/. 65 366 312.00 (Sesenta y cinco millones trescientos sesenta y seis mil trescientos doce y 00/100 nuevos soles) corresponden al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; Que, el Decreto de Urgencia en mención aprobó en su Anexo N° V la relación de 321 proyectos de inversión