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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de enero de 2012 458550 documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2012, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y cuya afectación será en la medida que se realicen los mencionados trámites. Artículo Segundo.- Los trámites mencionados en el artículo anterior se podrán efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Ofi cina Registral Piura, ésta última perteneciente a la Jefatura Regional Piura. La solicitud de dicho servicio se efectuará en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarán a la línea gratuita 0-800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o al número telefónico 2237921 del Servicio de Atenciones Especiales (Lima). Artículo Tercero.- Declarar que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil evaluará la aprobación de la continuidad de ésta política de gratuidad, en los términos de lo mencionado en el Artículo Primero de la presente resolución, para los siguientes ejercicios fi scales y de acuerdo a su disponibilidad presupuestal. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración y Planifi cación y Presupuesto. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil 736316-2 Aprueban la “Campaña de tramitación y expedición gratuita del Documento Nacional de Identidad” y otras disposiciones conexas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 611-2011-JNAC/RENIEC Lima, 29 de diciembre de 2011 VISTOS: El ofi cio N° 002316-2011/GRIAS/RENIEC (27DIC2011), e informe N° 000036-2011/GRIAS/RENIEC (27DIC2011), de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Ofi cio N° 003185-2011/GPP/ RENIEC (29DIC2011) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 002131-2011-GPP/SGP/ RENIEC (29DIC2011) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 002735-2011-GAJ/RENIEC (29DIC2011), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han benefi ciado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que en ese sentido se emitió la Resolución Jefatural Nº 1101-2010/JNAC/RENIEC (30DIC2010), que estableció, entre otros aspectos: la gratuidad en el procedimiento de cancelación de actas de nacimiento, en campañas de desplazamiento y en las Ofi cinas de Registros del Estado Civil a nivel nacional, para las personas en situación de vulnerabilidad; la gratuidad en la tramitación y expedición del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez para los niños y adolescentes de 0 a 16 años de edad, que se gestionen en campañas, desplazamientos o en Ofi cinas Registrales y Agencias RENIEC a nivel nacional, en el marco del Programa Estratégico de Acceso de la Población a la Identidad y conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 044-2010; la gratuidad de la tramitación y expedición del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez, para las personas a partir de los 17 años de edad, que lo que residan en los distritos considerados como pobre, muy pobre y pobre extremo, según el mapa de FONCODES; así como la continuidad de la “campaña de tramitación y expedición gratuita del Documento Nacional de Identidad” en desplazamiento, por concepto de renovación, duplicado y rectifi cación de datos, con excepción del trámite de cambio de dirección domiciliaria, a las personas residentes en los distritos comprendidos en la Estrategia Nacional “CRECER”; considerando una serie de disposiciones para la fl exibilidad en la atención de los respectivos trámites, precisando que los gastos relacionados a su ejecución “serán afectados con cargo a los Recursos Directamente Recaudados y Recursos Presupuestarios con que cuente la institución durante el año 2011 y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes”; Que la Resolución Jefatural Nº 1101-2010/JNAC/ RENIEC (30DIC2010), está vinculada a las disposiciones del Decreto de Urgencia Nº 044-2010 cuyo objeto fue dictar medidas económicas y fi nancieras para la identifi cación de la población menor de edad del país a través del otorgamiento del documento nacional de identidad (DNI) de forma gratuita durante los años fi scales 2010 y 2011, por parte del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, a fi n de brindar acceso al derecho a la identidad y fortalecer el acceso y seguimiento de las intervenciones efectuadas por el Estado a favor de la población de menores recursos, en materia de servicios de salud, educación y de carácter social; por lo que no resulta aplicable durante el año 2012; Que por Informe Nº 001614-2011-GAJ/RENIEC (18JUL2011), la Gerencia de Asesoría Jurídica, se pronuncia sobre la obligación de los administrados de registrar su dirección domiciliaria así como los cambios de ésta en el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mediante declaración jurada, cumpliendo los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos institucional, no correspondiendo excluir el ejercicio de esta obligación en el desarrollo del procedimiento de desplazamiento, debiendo las declaraciones y documentos proporcionados por los administrados ser materia de fi scalización posterior, en la forma establecida por la Ley N° 27444 y susceptible de las acciones previstas en el marco jurídico vigente; Que la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social atendiendo que la Estrategia Nacional “CRECER” se sigue aplicando, considera necesario actualizar y modifi car en lo que corresponda las disposiciones contenidas en la Resolución Jefatural Nº 1101-2010/ JNAC/RENIEC, a fi n de continuar con la política social de gratuidad del DNI para los residentes en los distritos que abarca dicha estrategia durante el próximo año fi scal 2012; Que para el efecto considera que se deberá aprobar la Campaña de tramitación y expedición gratuita del documento nacional de identidad en desplazamiento, por concepto de renovación, duplicado y rectificación de datos, a las personas residentes en los distritos comprendidos en el ámbito de la Estrategia Nacional “CRECER”, desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2012; Que asimismo resulta necesario aprobar la continuidad durante el año 2012 de la gratuidad en la tramitación y expedición del DNI en la modalidad