Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2012 (24/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, martes 24 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459751

ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncia de Viceministro de Minas y encargan su Despacho al Viceministro de Energia
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2012-EM

Articulo 3°.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
745414-7

MORDAZA, 23 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema N° 016-2012-EM, se designo al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velit, en el cargo de Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al mencionado cargo; Que, por convenir al servicio, y con la finalidad de no interrumpir la gestion administrativa del Ministerio de Energia y Minas, es necesario proceder a encargar el despacho del Viceministro de Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velit, al cargo de Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Encargar, a partir de la fecha y hasta la designacion del Titular en la forma senalada en la Ley Nº 27594, el Despacho del Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA Ortigas Cuneo, Viceministro de Energia.

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican el articulo 210° del Reglamento del Codigo de Ejecucion Penal aprobado po D.S. N° 015-2003JUS
DECRETO SUPREMO N° 003-2012-JUS

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 654 se promulgo el Codigo de Ejecucion Penal; Que mediante el Decreto Supremo Nº 015-2003JUS se aprobo el Reglamento del Codigo de Ejecucion Penal; Que es necesario introducir una modificacion al citado Reglamento del Codigo de Ejecucion Penal, a efectos de precisar las condiciones de excarcelacion por redencion de pena por trabajo o educacion en los casos de delitos

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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