Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2012 (24/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, martes 24 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, los gastos que demanden el viaje y la estadia seran asumidos por el citado funcionario, no generando gasto al tesoro publico; Que, en ese sentido, es necesario autorizar la ausencia del MORDAZA del senor Ministro de Transportes y Comunicaciones, asi como encargar la Cartera de Transportes y Comunicaciones, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a ausentarse del MORDAZA por motivos personales, del 26 al 30 de enero de 2012. Articulo 2º.- Encargar la Cartera de Transportes y Comunicaciones al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Energia y Minas, a partir del 26 de enero de 2012, y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 3º.- Modificar el articulo 3° de la Resolucion Suprema Nº 022-2012-PCM, de conformidad con el siguiente texto: "Articulo 3°.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo del 23 al 25 de enero de 2012. Asimismo, encargar al senor MORDAZA MORDAZA Villena Petrosino, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a partir del 26 de enero y en tanto dure la ausencia del titular." Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no irrogara gasto alguno al tesoro publico, ni MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
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Que, el 6 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, se suscribio el "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica el Peru y los Estados Unidos Mexicanos"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 089-2011-RE, publicado el 20 de MORDAZA de 2011, fue ratificado el "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos"; Que, mediante Decreto de la Camara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 9 de enero de 2012, se aprobo el "Acuerdo de Integracion Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la Republica del Peru"; Que, de conformidad con el articulo 19.2 del referido Acuerdo, las Partes han acordado que el mismo entrara en MORDAZA el 1 de febrero de 2012, previo intercambio de comunicaciones por escrito, que acrediten que se han concluido las formalidades juridicas necesarias para su entrada en vigor; Que, el 10 de enero de 2012, los Estados Unidos Mexicanos y el 12 de enero de 2012, la Republica del Peru, han efectuado el intercambio de notificaciones a las que se refiere el parrafo anterior, por lo que el Acuerdo debe entenderse vigente a partir del 1º de febrero de 2012. Que, conforme a la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, este Ministerio es competente para negociar, suscribir y poner en ejecucion los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integracion; De conformidad con el inciso 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA: Articulo 1º.- Puesta en ejecucion Pongase en ejecucion a partir del 1 de febrero de 2012 el "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos", cuyo texto integro se encuentra publicado en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) y en la pagina web de acuerdos comerciales (www.acuerdoscomerciales. gob.pe). Articulo 2º.- Comunicacion a las Entidades El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la adecuada ejecucion del "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos", asi como las precisiones necesarias sobre sus alcances. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la puesta en ejecucion del "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos"
DECRETO SUPREMO N° 001-2012-MINCETUR

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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