Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2012 (24/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

459750

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de enero de 2012

Peru de los "I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012", los "XVII Juegos Bolivarianos 2013" y los "I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud 2015"; Que, en el caso especifico de los "XVII Juegos Bolivarianos 2013", la Trigesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establecio una Comision constituida por representantes del Instituto Peruano del Deporte, del Ministerio de Educacion, de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, del Gobierno Regional del Departamento de La MORDAZA, del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, y de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que tenga por objeto la determinacion de la infraestructura deportiva necesaria en las ciudades de MORDAZA y Chiclayo determinadas como sedes del referido evento deportivo, lo que implica el mejoramiento de la infraestructura existente y el mantenimiento de la misma; Que, conforme a lo dispuesto por la MORDAZA senalada en el considerando anterior, la ejecucion de la infraestructura deportiva MORDAZA senalada esta sujeta a las disposiciones legales vigentes, y al financiamiento que se autorice en su oportunidad con cargo a los mayores ingresos en el Sector Publico y/o con los recursos que pueda transferir el Ministerio de Educacion mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a favor del pliego Municipalidad Provincial de MORDAZA, el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y el Instituto Peruano del Deporte; Que, en este sentido, la misma Trigesima Octava Disposicion Complementaria Final MORDAZA citada establece que los trabajos de la referida Comision deberan terminar en el mes de febrero del ano 2012, asegurando la operatividad de la citada infraestructura MORDAZA del inicio de los "XVII Juegos Bolivarianos 2013"; por lo que corresponde dictar las disposiciones necesarias para que la Comision presente su Informe Final; Que, es importante resaltar que los eventos deportivos bolivarianos permitiran que nuestros deportistas adquieran mayores experiencias y destrezas para el desarrollo de su actividad deportiva, asi como para afrontar otras competencias internacionales; Que, en consecuencia, resulta necesario adoptar las acciones necesarias para que los referidos eventos deportivos se desarrollen con el mas amplio apoyo del sector publico y privado, para lo cual resulta conveniente declararlos de Interes Nacional, atendiendo a los enormes beneficios que su realizacion generara para el MORDAZA y la sociedad peruana en su conjunto; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 3) del articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte y el Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte; DECRETA: Articulo 1.- Declaracion de Interes Nacional Declarar de Interes Nacional la organizacion en el MORDAZA de los siguientes eventos deportivos bolivarianos: a) "I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012" con sede en la MORDAZA de Lima. b) "XVII Juegos Bolivarianos 2013", con sede en la MORDAZA de MORDAZA y como sub-sedes, las ciudades de MORDAZA y Chiclayo. c) "I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud 2015", a realizarse en la MORDAZA de Lima. Articulo 2.- Reconocimiento del COBOL PERU Reconocer al Comite Organizador de los Juegos Bolivarianos MORDAZA senalados (COBOL PERU), y que cuenta con un Comite Ejecutivo, como la instancia encargada de llevar a cabo la organizacion y las actividades necesarias para facilitar y apoyar la realizacion de los eventos deportivos bolivarianos senalados en el articulo 1 del presente Decreto.

El Comite Ejecutivo de COBOL PERU, esta conformado por: a) El presidente del Comite Olimpico Peruano, quien lo preside. b) Un representante del Instituto Peruano del Deporte, quien actua como Primer Vicepresidente. c) Un representante del Ministerio de Educacion, quien actua como MORDAZA Vicepresidente. d) Un representante del Congreso de la Republica, quien actua como Tercer Vicepresidente. e) El Secretario General del Comite Olimpico Peruano o su representante, quien se desempena como Secretario. f) Un miembro del Comite Olimpico Internacional. g) Un representante en funciones de cada una de las siguientes entidades, quienes actuan en calidad de Vocales: - Municipalidad Metropolitana de Lima. - Gobierno Regional de La Libertad. - Gobierno Regional de Lambayeque. - Gobierno Regional del Callao. - Municipalidad Provincial de Trujillo. - Municipalidad Provincial de Chiclayo. - Municipalidad Distrital de Huanchaco. Articulo 3.- Participacion de otras entidades El Ministerio de Defensa, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Cultura, y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, deberan realizar las acciones que correspondan al ambito de sus competencias, conforme a lo solicitado por COBOL PERU a traves de su Comite Ejecutivo. Para tal efecto, las referidas entidades deberan designar un funcionario de la Alta Direccion encargado de coordinar las acciones con el Comite Ejecutivo de COBOL PERU, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 4.- Determinacion y ejecucion de infraestructura 4.1 En el caso de los "XVII Juegos Bolivarianos 2013", la Comision conformada por Trigesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, debe adoptar las medidas y realizar las acciones que permitan viabilizar el objeto del presente Decreto Supremo, para lo cual debe presentar su Informe Final al Despacho Ministerial de Educacion a mas tardar el 25 de febrero de 2012, a fin de contar con el financiamiento al que se refiere la Disposicion Complementaria MORDAZA senalada. 4.2 La ejecucion de cualquier infraestructura deportiva que realicen los Gobiernos Regionales y Locales que integran el Comite Ejecutivo de COBOL PERU, con ocasion de la realizacion de los eventos deportivos bolivarianos senalados en el articulo 1 del presente Decreto, debera realizarse de acuerdo con las normas tecnicas y de supervision establecidas por COBOL PERU, asi como a la informacion que dicho organo requiera sobre los avances en la ejecucion de presupuesto y obras. Articulo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion
745414-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.