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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2012 (24/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de enero de 2012 459740 PUBLICACION DE RESOLUCION DE TACHAS 14 DE MARZO PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL 15 DE MARZO ELECCIONES 18 DE MARZO PUBLICACION DE RESULTADOS FINALES 20 DE MARZO Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 744296-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Otorgan beneficio extraordinario para incentivar el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2012 ORDENANZA Nº 323-MDSMP San Martín de Porres, 16 de enero del 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 16.ENERO.2012, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que otorga benefi cios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre el proyecto de Ordenanza que recomienda al Pleno del Concejo la aprobación del proyecto de Ordenanza que otorga benefi cios extraordinarios por Pronto Pago, toda vez que constituye una forma de incentivar e impulsar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes de nuestra jurisdicción; para lo cual se cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe Nº 004-2012-GAT/MDSMP) y de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 025-2012- GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 9, inciso 8); 39 y 40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; artículos 36 y 41 del Código Tributario, así como artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF; con el Voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS POR “PRONTO PAGO” CAPÍTULO I Artículo Primero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: La presente Ordenanza es de aplicación en la jurisdicción distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- FINALIDAD: La presente Ordenanza tiene por fi nalidad otorgar un benefi cio extraordinario que incentive el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2012. Artículo Tercero.- FECHAS DE VENCIMIENTO VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL El cronograma de pago del Impuesto Predial se sujetará a lo establecido en el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo 156-2004-EF VENCIMIENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES A efectos del pago de las obligaciones tributarias de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2012, se deberá tener en cuenta el siguiente cronograma: MES FECHA DE VENCIMIENTO ENERO 29.FEBRERO.2012 FEBRERO 29.FEBRERO.2012 MARZO 31.MARZO.2012 ABRIL 30.ABRIL.2012 MAYO 31.MAYO.2012 JUNIO 30.JUNIO.2012 JULIO 31.JULIO.2012 AGOSTO 31.AGOSTO.2012 SETIEMBRE 30.SETIEMBRE.2012 OCTUBRE 31.OCTUBRE.2012 NOVIEMBRE 30.NOVIEMBRE.2012 DICIEMBRE 31.DICIEMBRE.2012 CAPÍTULO II Artículo Cuarto.- PLAZO: El plazo para acogerse a los benefi cios que concede la presente Ordenanza vence el día 29.FEBRERO.2012. Artículo Quinto.- BENEFICIO EXTRAORDINARIO: Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza podrán obtener los siguientes benefi cios: 1) Descuentos del 7% sobre el monto total anual a pagar por Arbitrios Municipales correspondientes al período 2012, siempre que se efectúe el pago de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al período 2012, hasta el último día hábil del mes de Febrero del 2012 2) Descuentos del 4% sobre el monto total anual a pagar por Arbitrios Municipales correspondientes al período 2012, siempre que se efectúe el pago de la totalidad de los Arbitrios correspondientes al período 2012, hasta el último día hábil del mes de Febrero del 2012. Artículo Sexto.- MULTAS TRIBUTARIAS: Otorgar la condonación del 100% del pago de las Multas Tributarias que se encuentren en la vía ordinaria y que hayan sido generadas por la omisión de la declaración oportuna, impuestas por las Subgerencias de Registro Tributario y/o Fiscalización Tributaria, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar la totalidad del Impuesto Predial 2012. La condonación de la Multa Tributaria no exime al obligado de cumplir con la obligación formal pendiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DEL CUMPLIMIENTO: ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Subgerencia de Comunicaciones la difusión de sus alcances. Segunda.- DE LA REGLAMENTACIÓN Y PRÓRROGA: FACULTAR al señor alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de su vigencia.