Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2012 (29/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de enero de 2012

Unidad de Racionalizacion, con las opiniones favorables en la que se nota que el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital "Daniel MORDAZA Carrion" - Pasco, cumple con las especificaciones tecnicas y criterios establecidos en la normatividad vigente; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el articulo 37º inciso a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes ha emitido la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:
Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital "Daniel MORDAZA Carrion" - Pasco, cuyo texto anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEROGUESE la ORDENANZA REGIONAL Nº 277-2011-G.R.PASCO/CR y todas las disposiciones que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion del Hospital "Daniel MORDAZA Carrion" - Pasco, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional Pasco, para el conocimiento de toda la Region Pasco. Articulo Cuarto.- La Presente Ordenanza Regional entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgacion. En la provincia de Pasco, a los veintidos dias del mes de diciembre del dos mil once. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintidos dias del mes de diciembre del dos mil once. KLEVER U. MORDAZA MORDAZA Presidente

Que, mediante Ordenanza Nº 305-MDL, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el dia 20 de Enero del 2012, se exonera de los derechos de apertura de pliego matrimonial, y celebracion de matrimonio civil, establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, a las parejas que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2012, estableciendose un pago unico de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, resulta necesario establecer los plazos y la documentacion que sera objeto de MORDAZA por los contrayentes que participaran en el Matrimonio Civil Comunitario 2012; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 305-MDL establece que mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones complementarias para su adecuada aplicacion; En uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972: DECRETA : Articulo Primero.- Establecer como fecha de celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2012, el dia Sabado 19 de MORDAZA del 2012, con ocasion de celebrarse el 76º aniversario de creacion del distrito de Lince. Articulo Segundo.- Las parejas contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2010 deberan presentar la documentacion que se detalla a continuacion: - MORDAZA de documentos de identidad (D.N.I., Pasaporte, Carne de Extranjeria, etc) debidamente fedateados por el funcionario municipal responsable o legalizados notarialmente. - MORDAZA certificada de partida de nacimiento, expedida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) o la Municipalidad distrital correspondiente, con una antiguedad no mayor de tres (03) meses a la fecha de apertura de pliego matrimonial. - Certificado Medico Prenupcial (Serologico, Rayos X) con una antiguedad no mayor de treinta (30) dias a la fecha de apertura de pliego matrimonial, y MORDAZA de Consejeria Preventiva. - Declaracion Jurada domiciliaria (uno de los contrayentes debe residir en la jurisdiccion de Lince) y MORDAZA de recibos de servicios (luz, agua, entre otros) - MORDAZA de Negativa de Inscripcion de Matrimonios. - Dos testigos mayores de edad (no familiares), uno por cada contrayente, presentando MORDAZA de documentos de identidad (D.N.I., Pasaporte, Carne de Extranjeria, etc), fedateados por el funcionario municipal responsable o legalizados notarialmente. - Para el caso de divorciados, viudos, menores de edad y extranjeros, los requisitos adicionales seran indicados por el Registrador Civil de la Municipalidad Articulo Tercero.- Las inscripciones para participar del Matrimonio Civil Comunitario 2012 se realizaran a partir del 30 de Enero del 2012 y se cerraran indefectiblemente el dia al 04 de MORDAZA del 2012, adjuntando la documentacion detallada en el Articulo Primero. Articulo Cuarto.- La Entidad procedera a publicar el Edicto Matrimonial, en un periodico de circulacion nacional, que anuncie de forma conjunta, el matrimonio de las parejas contrayentes, que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2012 a realizarse en la jurisdiccion del distrito de Lince, exonerandose a los contrayentes de dicho tramite. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, Oficina de Administracion y Finanzas, y la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto, en cuanto sea de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE
Establecen disposiciones para la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2012
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2012-ALC-MDL
Lince, 24 de enero del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Informe Nº 005-2012-MDL-OSG/RC de fecha 18 de Enero del 2012, emitido por la senora Registradora Civil en relacion al Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en el 2012, y : CONSIDERANDO: Que, con ocasion de celebrarse el 76º aniversario de creacion del distrito de Lince, se ha programado la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2012, a fin de que las parejas que viven en union de hecho formalicen su estado civil contrayendo matrimonio;

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