Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2012 (29/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

460059

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25967, modificado por la Ley N° 26323, se crea la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP, reestructurada integralmente a traves de la Ley N° 28532, reglamentada a traves del Decreto Supremo N° 118-2006-EF, siendo un Organismo Publico Tecnico Especializado del Sector Economia y Finanzas, que tiene a su cargo la administracion del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, asi como del Regimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846; y de otros regimenes previsionales a cargo del Estado, que le MORDAZA encargados conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EF, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la ONP, el mismo que contiene la nueva estructura organica y dispone el MORDAZA ordenamiento e identificacion de los distintos organos y unidades organicas de la Entidad con la delimitacion de sus funciones; Que, el numeral 71.1 del articulo 71° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboracion de sus Planes Operativos Institucionales - POI, deben tomar en cuenta su Plan Estrategico Institucional - PEI; Que, el planeamiento estrategico es un MORDAZA participativo que compromete a los miembros de la Institucion, da coherencia, unidad e integridad a las decisiones de la organizacion y constituye un instrumento mediante el cual se establece el rumbo a seguir por la entidad, los objetivos a lograr y las estrategias a ser implementadas, en MORDAZA y concordancia con la Politica General del Gobierno y el Plan Estrategico Sectorial Multianual del Sector Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 130-2010JEFATURA/ONP de fecha 18 de junio de 2010, se aprobo la Directiva "Formulacion, evaluacion y modificacion del Plan Estrategico Institucional" (DIR-OPP-01/01); Que, mediante Resolucion Jefatural N° 034-2011JEFATURA/ONP de fecha 16 de febrero de 2011 se aprobaron los lineamientos institucionales de la ONP para orientar los objetivos del plan estrategico institucional y planes operativos anuales; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 080-2011JEFATURA/ONP de fecha 28 de junio de 2011, se aprobo el Plan Estrategico Institucional de la Oficina de Normalizacion Previsional para el periodo 2012 - 2016; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 807-2011EF/41, se aprobo el Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016 del Sector Economia y Finanzas; Que, en atencion a la necesidad de priorizar determinados objetivos institucionales a efectos de optimizar la gestion de la organizacion y, en funcion a los parametros establecidos en el instructivo para la formulacion del Plan Estrategico Institucional 2012 - 2016 de las Entidades Publicas que integran el Sector de Economia y Finanzas alcanzado mediante el documento de visto, se ha considerado necesario revisar y reformular el mencionado plan asi como los lineamientos institucionales contemplados para su elaboracion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5° de la Ley N° 28532, el articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 027-2008-EF y en merito a la designacion efectuada por Resolucion Suprema N° 055-2011-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Jefatural N° 034-2011-JEFATURA/ONP que aprueba los lineamientos institucionales de la ONP y la Resolucion Jefatural N° 080-2011-JEFATURA/ONP que aprueba el Plan Estrategico Institucional de la Oficina de Normalizacion Previsional para el periodo 2012 - 2016. Articulo Segundo.- APROBAR el Plan Estrategico Institucional de la Oficina de Normalizacion Previsional para el Periodo 2012 - 2016, que en anexo adjunto forma parte de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, debiendo el Plan Estrategico Institucional - PEI 2012-2016 publicarse en el MORDAZA Institucional (www.onp.gob.pe) en la misma fecha de su publicacion oficial conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican el Procedimiento "Aplicacion de Preferencias al MORDAZA del APC Peru - EE.UU." INTA-PE 01.19 (version 1)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 028-2012/SUNAT/A
Callao, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria - SUNAT aprobara los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicacion de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 y su Reglamento; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 038-2009/SUNAT/A se aprobo el Procedimiento Especifico "Aplicacion de Preferencias al MORDAZA del APC Peru ­ EE.UU." INTA-PE 01.19 (version 1); Que mediante Decreto Supremo Nº 016-2010MINCETUR se modifico el articulo 16° sobre MORDAZA y transbordo del Decreto Supremo Nº 003-2009-MINCETUR que aprobo el Reglamento que implementa el Regimen de Origen establecido en el Acuerdo de Promocion Comercial suscrito entre el Peru y los Estados Unidos; Que el articulo 4.22 del Acuerdo de Promocion Comercial suscrito entre el Peru y los Estados Unidos, y la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 003-2009-MINCETUR que aprobo el Reglamento que implementa el Regimen de Origen del citado Acuerdo, establecen que la solicitud de preferencias arancelarias basada en la certificacion electronica y en el conocimiento del importador entraran en vigencia a mas tardar tres anos despues de la entrada en MORDAZA de dicho Acuerdo; Que es necesario modificar el Procedimiento Especifico MORDAZA senalado en lo referido a la aplicacion de los articulos 4.13 y 4.15.1 del Acuerdo de Promocion Comercial entre Peru y Estados Unidos respecto al cumplimiento del requisito de MORDAZA y transbordo, y a la solicitud del trato arancelario preferencial basado en una certificacion electronica o en el conocimiento del importador de que la mercancia es originaria, respectivamente; Que conforme al articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de caracter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, el 25.1.2012 se prepublico en el MORDAZA web de la SUNAT el proyecto de la presente norma; En merito a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, y en uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y de acuerdo a lo establecido por la Resolucion de Superintendencia Nº 0102012/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el numeral 9 de la Seccion VII del Procedimiento "Aplicacion de Preferencias al MORDAZA del APC Peru ­ EE.UU." INTA-PE 01.19 (version 1), aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 038-2009/SUNAT/A, con el siguiente texto: "9. El certificado de origen, escrito o electronico, puede ser emitido por el importador, exportador o productor de la mercancia, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo y el Reglamento que implementa el Regimen de Origen establecido en el Acuerdo, aprobado por Decreto Supremo

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